Ordenanza Nº1.343
VISTO: La Ley Nacional Nº25.855 y Provincial Nº9.593; y,
CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional Nº25.855 de Voluntariado Social, es una forma de participación y compromiso con la sociedad.
Que el trabajo que las personas hacen por solidaridad y sin recibir un sueldo en organizaciones que no tienen como fin obtener ganancias.
Que las organizaciones pueden ser públicas o privadas, que no tengan fines de lucro con su actividad.
Que dentro de nuestro municipio se encuentran muchas personas colaborando en diferentes reparticiones ad-honorem.
Que la Ley Provincial Nº9.593 adhiere en todas y cada una de sus partes, la cual fuera refrendada y sancionada por la Legislatura Provincial en noviembre de 2.004.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase a la Ley Nacional Nº25.855 y Provincial Nº9.593, de Voluntariado Social, en todas y cada una de sus partes.
Artículo 2º.- Facúltese al Poder Ejecutivo Municipal a dictar las normas complementarias a fin de lograr la implementación de la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 26 de mayo de 2.022.-
Aprobado por unanimidad en general y particular