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Ordenanza Nº1340

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11 de mayo de 2022
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Cede terrenos a ENERSA.

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                                                                                                     Ordenanza Nº1.340

VISTO: Las solicitudes de cesión de 2 espacios o terrenos presentados por ENERSA; y,

CONSIDERANDO: Que el destino de los terrenos solicitados es la finalidad de instalar subestaciones transformadoras a nivel interior de la red eléctrica.

            Que los espacios/terrenos solicitados se encuentran ubicados en Plazoleta Camet y en la Plaza Francisco Ramírez de la Villa 3 de Febrero.

            Que los costos del montaje de la subestación mencionada serán asumidos en su totalidad por la empresa ENERSA, así como también los riesgos que la obra pudiera implicar y la responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieren ocasionarse.

            Que la obra a realizar representará un mejoramiento sustancial de la calidad y seguridad tanto para el servicio brindado por la empresa como para los ciudadanos, en comparación con el montaje aéreo existente en la actualidad, razón por la cual resulta conveniente y necesario al interés público municipal acceder a lo solicitado por la empresa de referencia.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otórgase a la Empresa ENERSA, en servidumbre de electroducto y con la finalidad de realizar el montaje de subestaciones transformadoras de distribución a nivel interior, los siguientes espacios de terreno:

a) Espacio de terreno en Plaza Francisco Ramírez de 2,5 mts. x 2,5 mts.

b) Espacio de terreno ubicado en Plazoleta Camet de 3,7 mts. x 4,5 mts.

Artículo 2º.- Se deja establecido que los costos del montaje de las subestaciones mencionadas en el artículo precedente serán asumidos en su totalidad por la empresa ENERSA, así también los riesgos que la obra pudiera implicar y la responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieren ocasionarse.

Artículo 3º.- Facúltase al Ejecutivo Municipal a suministrar la documentación que sea necesaria e inherente a la cesión del espacio otorgado mediante la presente.

Artículo 4º.- De forma.-

                                            Nogoyá, Sala de Sesiones, 11 de mayo de 2.022.-

Aprobado por unanimidad en general y particular

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