Ordenanza Nº 1.473
VISTO: La Resolución N° 081/24; y,
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 1.210 se dispone que el Concejo Deliberante debe refrendar los Certificados de Uso de Suelo extendidos por D.E.M. conforme Ordenanza N° 1.152;
Que de acuerdo a lo establecido y atento a la documentación elevada por el D.E.M. y el dictamen favorable de la Directora de Medio Ambiente al otorgamiento del Certificado de la firma ENERGÍA DE ENTRE RÍOS S.A. (ENERSA), se procede a refrendar la misma mediante la presente.
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Refrendar el Certificado de Uso de Suelo extendido por el Departamento Ejecutivo Municipal a la firma ENERGÍA DE ENTRE RÍOS S.A. (ENERSA) mediante Resolución N° 081/24.-
Artículo 2°.- Disponer que la vigencia del mencionado Certificado deberá computarse desde la fecha de la Resolución del D.E.M. por medio de la cual se otorga el Permiso de Uso de Suelo.-
Artículo 3°.- De forma.-
Nogoyá, Sala de sesiones, 11 de diciembre de 2024.-
Aprobado por unanimidad, en general y en particular – sobre tablas