Modifica la Ordenanza Nº1002 (PRODISER).
Ordenanza Nº1.005
VISTO: La sanción de la Ordenanza Nº1002, por la cual se adhiere al Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (PRODISER) creado por Ley Nº10.197; y
CONSIDERANDO: Que en la sanción se ha modificado la redacción del proyecto original remitido por el Departamento Ejecutivo.
Que el Departamento Ejecutivo ha remitido un proyecto de Ordenanza que contempla lo previsto en los artículos 4º y 5º del proyecto original, y agrega en el artículo 4º las sugerencias enviadas por la Unidad Ejecutora Provincial de Programas Especiales.
Que este tipo de programas, viene diseñado desde organismos nacionales bajo determinados lineamientos y cursos de acción administrativos los cuales de ser alterados seguramente afectarán el normal desenvolvimiento del programa.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modificar el artículo 4º de la Ordenanza Nº1002, el que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a construir las viviendas y obras complementarias del Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (PRODISER) implementado por Ley 10.197 a través de un Consorcio de Gestión creado a tales efectos, el cual tendrá a su cargo la contratación de la mano de obra, la compra de materiales, la contratación de la dirección de obra y demás actos que sean menester para la construcción de las viviendas del Programa hasta la culminación de las mismas, para cuyo cometido la Municipalidad le transferirá los recursos que provengan del Programa en un plazo no mayor a quince días a partir de la recepción de los fondos correspondientes. El consorcio deberá realizar las compras conforme el procedimiento de compra directa, por vía de excepción, previa solicitud de cotización.”
Artículo 2º.- Aprobar el modelo de Convenio a suscribir por la Municipalidad y el Consorcio de Gestión, que obra como Anexo I a la presente, en el cual se establecen los lineamientos generales para la efectivización de la transferencia de los recursos.
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 22 de agosto de 2013.-
Aprobado por mayoría en general y particular