Cede un terreno a ENERSA.
Ordenanza Nº1.197
VISTO: El pedido solicitado por la empresa Energía de Entre Ríos SA, donde peticionan la cesión mediante Ordenanza Municipal, de un terreno de 2,5 mts por 2,5 mts en la plazoleta de Bvard. Sarmiento y Colectora, zona lateral de la Escuela Alvear; y,
CONSIDERANDO: La necesidad de construir una Cabina para colocar una Subestación Transformadora a nivel interior, que reemplazara la existente ubicada en calle Bvard. Sarmiento y Colectora, zona lateral de la Escuela Alvear.
Que contando con este, la empresa ENERSA, podrá realizar importantes mejoras en la red de 13,2 Kv en cuanto a la seguridad en la vía pública y mejoras en la calidad de servicio.
Que se eliminaría la Subestación Aérea ubicada frente a la Escuela como también eliminar 300 mts. de línea área 13.2 Kv sobre Bvard. Sarmiento de conductor desnudo.
Que realizaron los estudios de impacto ambiental pertinentes, desarrollados por la Universidad Tecnológica Nacional, como también así los planos civiles del mismo.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Otórgase a la empresa Energía de Entre Ríos SA, en servidumbre de Electroducto, un espacio de terreno de 2,5 mts. por 2,5 mts., ubicado en la plazoleta de Bvard. Sarmiento y Colectora, zona lateral de la Escuela Alvear para emplazar una Subestación Transformadora de Distribución a nivel interior.
Artículo 2°.- Dispónese que los costos del montaje de la Subestación Transformadora serán asumidos por la empresa Energía de Entre Ríos SA, asumiendo también exclusivamente los riesgos que la obra pudiera implicar y la responsabilidad civil por cualquier tipo de daños y perjuicios que pudieren ocasionarse.
Artículo 3°.- Facúltese al Sr. Presidente Municipal y/o el funcionario que éste designe, a suscribir la documentación que sea necesaria e inherente a la cesión del espacio otorgado mediante la presente.
Artículo 4°.- Solicitar a la empresa Energía de Entre Ríos SA, que arbitre los medios necesarios para donar al Municipio una bomba de 6’ con salida de 4’ de 30 o 40 HP, la cual será destinada al uso de Obras Sanitarias del Municipio.
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 16 de mayo de 2018.-
Aprobado por unanimidad en general y particular