Otorga a ENERSA una fracción de terreno para la instalación de una Subestación Transformadora de energía.
Ordenanza Nº1.164
VISTO: El pedido solicitado por la empresa Energía de Entre Ríos SA, donde peticionan la cesión mediante Ordenanza Municipal, de un terreno de 3,5 mts por 5,5 mts en el Parque Francisco Ramírez, frente a la Terminal de Ómnibus; y,
CONSIDERANDO: La necesidad de construir una Cabina para colocar una Subestación Transformadora a nivel interior, que reemplazara la existente ubicada en calle Quiroga y Taboada, esquina con Bvard. Sarmiento, frente a la ENET N°1.
Que contando con este, la empresa ENERSA SA, podrá realizar importantes mejoras en la red de 13,2 Kv en cuanto a la seguridad en la vía pública y mejoras en la calidad de servicio.
Que se eliminan líneas aéreas desnudas de 13,2 Kv por un total de 700 mts, sobre calle Mosconi, Fray R. Retamar, Quiroga y Taboada y también sobre calle Fitz Gerald.
Que se elimina la sub estación aérea frente a la ENET N°1, con la posibilidad de eliminar la SETD aérea de calle Alberdi y Salvat.
Que se realizaron los estudios de impacto ambiental pertinentes, desarrollados por la Universidad Tecnológica Nacional, como también así los planos civiles del mismo.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Otórgase a la empresa ENERSA S.A., en servidumbre de Electroducto, un espacio de terreno de 3,5 mts. por 5,5 mts., ubicado en el Parque Francisco Ramírez, frente a la Terminal de Ómnibus, destinada a realizar el montaje de una Subestación Transformadora de Distribución a nivel interior.
Artículo 2°.- Dispónese que los costos del montaje de la Subestación Transformadora serán asumidos por la empresa ENERSA S.A., asumiendo también exclusivamente los riesgos que la obra pudiera implicar y la responsabilidad civil por cualquier tipo de daños y perjuicios que pudieren ocasionarse.
Artículo 3°.- Facúltese al Sr. Presidente Municipal y/o el funcionario que éste designe, a suscribir la documentación que sea necesaria e inherente a la cesión del espacio otorgado mediante la presente.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 31 de mayo de 2017.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas