Ordenanza Nº1.379
VISTO: La recientemente sancionada Ley Provincial Nº11.049 se creó el Sistema Solidario Entre Ríos «SISER», con el objeto de cubrir las contingencias provocadas por el fallecimiento del personal activo y pasivo del Estado Provincial; y,
CONSIDERANDO: Que dicha Ley Nº11.049 deroga la Ley Provincial Nº3.011.
Que, resulta conveniente a los intereses municipales realizar la correspondiente adhesión a la Ley Provincial Nº11.049, ya que la misma redundaría en un beneficio para el personal municipal activo y pasivo.
Que a tenor de lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley Nº11.049 que dispone que los municipios ya adheridos a la Ley Nº3.011 tendrán la cobertura del «SISER» para su personal por el término de 120 días corridos, plazo dentro del cual se deberá sancionar la ordenanza correspondiente de adhesión al sistema e ingresar los aportes personales, o en su defecto manifestar su renuncia al mismo.
Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario, oportuno y conveniente a los intereses municipales contar con la normativa pertinente, adhiriendo a la Municipalidad de Nogoyá a la Ley Provincial Nº11.049 y con vigencia a partir del 01 de febrero de 2.023.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase la Municipalidad de Nogoyá a la Ley Provincial Nº11.049, mediante la cual se creó el Sistema Solidario Entre Ríos «SISER», con el objeto de cubrir las contingencias por el fallecimiento del personal activo y pasivo del Estado Provincial; con vigencia a partir del 01 de febrero de 2.023.
La presente adhesión se extiende a todos los entes autárquicos y descentralizados de la Municipalidad de Nogoyá.
Artículo 2º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal para que por el área que corresponda se realicen todos los trámites administrativos correspondientes a los fines pertinentes.
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 24 de mayo de 2.023.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas