Aprueba el Decreto Nº192/16
Ordenanza Nº1.119
VISTO: El Decreto Nº192 del D. Ejecutivo Municipal, dictado en fecha 28 de marzo de 2.016; y
CONSIDERANDO: Que el dictado del mismo se basa en la necesidad de suspender transitoriamente el otorgamiento de toda habilitación municipal a los establecimientos denominados hipermercados, supermercados, autoservicios, sean minoristas, mayoristas o ambos, dentro del ejido municipal.
Que de acuerdo a lo manifestado por el D. Ejecutivo, ha sido consecuencia de diferentes reuniones que se han mantenido con el Centro Empresario Comercial Industrial y de Servicios de Nogoyá, quien ha solicitado adoptar esta medida hasta tanto se estudie la modificación de las ordenanzas pertinentes.
Que además encuentra fundamento en que la radicación de comercios de capitales no locales afectan seriamente al comercio de esta ciudad, debido a la saturación comercial y la competencia en desigualdad de condiciones con empresas de gran escala, lo cual que hace extremadamente difícil la situación y la continuidad de muchos de los comercios afiliados a la institución.
Que el Departamento Ejecutivo comparte dicha solicitud en cuanto entiende que la actividad de los comercios referidos, por sus capacidades operativas o por sus dimensiones físicas, producen en el ámbito de esta ciudad innumerables conflictos.
Que la suspensión temporal, se extiende con la finalidad de permitir un estudio de las diferentes variables que se conjugan y de las posibles causas y efectos que los asentamientos originarían.
Que es necesario contemplar la situación de desprotección por la que atraviesan los pequeños y medianos comerciantes de nuestra ciudad, por la reducción de sus niveles operativos o por el desplazamiento del mercado que provoca el fenómeno.
Que los procesos de concentración y monopolización de cualquier actividad comercial, no sólo afecta a los comerciantes locales, sino que al ostentar situaciones técnicas y económicas más poderosas, presionan sobre la capacidad operativa de las pequeñas y medianas empresas, condicionando las relaciones e intercambios a las ofertas que este tipo de empresas imponen en el mercado.
Que este Concejo Deliberante comparte la postura tanto del D. Ejecutivo como del Centro Comercial, razón por la cual ha evaluado la necesidad de acompañar las medidas adoptadas.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto Nº192, del D. Ejecutivo Municipal, dictado el 28 de marzo de 2.016.
Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 27 de abril de 2016.-
Aprobado por unanimidad en general y particular