Nomina Susana María Acevedo a un barrio de la ciudad
Ordenanza Nº1.116
VISTO: Las notas presentadas por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos – Seccional Nogoyá, solicitando la designación con el nombre de Susana María Acevedo a un barrio de la ciudad y la autorización para colocar un monolito identificatorio; y,
CONSIDERANDO: Que esta institución ha manifestado que el nombre de Susana “Peta” Acevedo, es el apropiado para designar a este barrio, en razón de que sus adjudicatarios son provenientes del sector docente.
Que Susana María Acevedo, quien popularmente, en el sector docente, es reconocida por su apodo “Peta”, ha sido una docente nacida el 29 de diciembre de 1966 y fallecida en la ciudad de Paraná el 8 en marzo de 2015 a los 46 años de edad.
Que siendo Secretaria General de la Seccional AGMER Paraná, ha mantenido una excelente relación con la seccional de Nogoyá, destacándose por su permanente predisposición a ayudar a quien lo necesitara y por ser una incansable luchadora por los derechos de los docentes, ganándose el respeto por su trayectoria laboral y sindical.
Que su actividad se centró en la militancia sindical, siendo delegada, congresal, Secretaría de Prensa, de Cultura y Secretaria General de la Seccional Paraná. Al momento de su fallecimiento se desempeñaba en el cargo de Secretaria General de AGMER Paraná, habiendo sido reelecta para este cargo por decisión de sus pares.
Que además contaba con una sensibilidad especial cuando se trataba de defender los derechos de los trabajadores docentes.
Que la Seccional AGMER Nogoyá ha ofrecido colocar un monolito identificatorio del barrio con el nombre de Susana “Peta” Acevedo.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Nomínase Susana María Acevedo al Barrio de AGMER 20 Viviendas ubicado en la intersección de las calles 16 de Julio y Alfredo Palacios.
Artículo 2º.- Autorizase a la Seccional AGMER Nogoyá ha colocar un monolito identificatorio del barrio con el nombre de Susana “Peta” Acevedo.
Artículo 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 13 de abril de 2016.-
Aprobado por unanimidad en general y particular