Cede en comodato un inmueble ubicado en Barrio 130 Viviendas
Ordenanza Nº1.114
VISTO: La solicitud de Comodato por el plazo de 99 años de un inmueble ingresado al Municipio por la Dirección Departamental de Educación y la Resolución del Directorio del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda Nº0929 de fecha 19/05/15, la cual dispone transferir a título de Donación con cargo a este Municipio, un inmueble sito en calle Chocobar y Diamante, calle peatonal Islas Malvinas – Barrio 130 Viviendas – Manzana 22-5 (203), Lote Nº11, Plano Nº22.874, Partida Nº111.645, con una superficie de 225,89 m2, Registro Nº20011 e inscripto en el Registro Público bajo Matrícula Nº101.840; y,
CONSIDERANDO: Que la solicitud de la Dirección Departamental de Educación Dpto. Nogoyá, tiene como objeto se ceda en comodato de uso un bien inmueble – sito en calle Diamante Nº1.197 – Barrio 130 Viviendas – Manzana Nº203, con Plano de Mensura Nº22.874 – Matricula Nº101.840 – Lote Nº11.
Que el comodato solicitado por la Dirección Departamental de Educación Dpto. Nogoyá, tiene como objeto la creación de un Centro Comunitario de Educación Permanente, con el fin de satisfacer la demanda socioeducativa, productiva y laboral de la región a través de los Centros Educativos y de Capacitación Laboral de Educación de Jóvenes y Adultos.
Que atento a la Resolución Nº0929 de Directorio del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, el D.E.M. interesa aceptar la donación del inmueble referido supra, con el cargo de destinar el mismo al funcionamiento y mantenimiento de un Salón de Usos Múltiples, pasando el mismo a ser parte del patrimonio municipal.
Que ha sido evaluado y acordado por el D.E.M. ceder en comodato el inmueble, ahora propiedad de esta Municipalidad de Nogoyá, a la Dirección Departamental de Educación – Nogoyá, con la condición de ser destinado a la creación en el salón de usos múltiples, de un Centro Comunitario de Educación Permanente, con el fin de satisfacer la demanda socioeducativa, productiva y laboral de Educación de Jóvenes y Adultos.
Que el comodatario se compromete expresamente a darle uso exclusivo referido por el término de 99 años.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNCIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aceptar la donación con cargo de un inmueble sito en calle Chocobar y Diamante, calle peatonal Islas Malvinas – Barrio 130 Viviendas – Manzana 22-5 (203), Lote Nº11, Plano Nº22.874, Partida Nº111.645, con una superficie de 225,89 m2, Registro Nº20011 e inscripto en el Registro Público bajo Matrícula Nº101.840, prometida por parte del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, con destino al funcionamiento y mantenimiento de un Salón de Usos Múltiples.
Artículo 2º.- Autorizar al D. E. M. a ceder en comodato de uso gratuito el inmueble antes descripto a favor de la Dirección Departamental de Educación, con destino a la creación de un Centro Comunitario de Educación Permanente, con el fin de satisfacer la demanda socioeducativa, productiva y laboral de Educación de Jóvenes y Adultos, por el término de 99 años.
Artículo 3º.- Autorizar al D. E. M. a formalizar la Escritura Traslativa de Dominio.
Artículo 4º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 13 de abril de 2016.-
Aprobado por unanimidad en general y particular