Ordenanza Nº1.350
VISTO: La necesidad de ofrecer playones para la práctica de deportes en distintos espacios públicos de la ciudad y la importancia de más infraestructura que acompañen a las mencionadas actividades; y,
CONSIDERANDO: Que las actividades físicas y deportivas constituyen acciones de socialización, tendientes a crear vínculos entre los participantes, identificándose entre sí y con el entorno, contribuyendo al disfrute y el conocimiento.
Que hay puntos estratégicos de la ciudad que no cuentan con instalaciones de esta envergadura, que son fundamentales para la promoción de estas actividades en la sociedad.
Que los playones estarán destinados a la práctica de básquet, siendo una media cancha de 8×6 mts. con un aro.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Procédase a la construcción e instalación de un playón deportivo para la práctica de básquet, con las características descriptas en los considerandos de esta Ordenanza, en el Parque del Automóvil Club Argentino (ACA).
Artículo 2º.- Procédase a la construcción e instalación de un playón deportivo para la práctica de básquet, con las características descriptas en los considerandos de esta Ordenanza, en el Predio del Ferrocarril.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y publíquese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 17 de agosto de 2.022.-
Aprobado por unanimidad en general y particular