Declárase de Interés Municipal el Día del Bombero Voluntario.
Se autoriza al cobro de aportes voluntarios de los contribuyentes.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal, en jurisdicción del Municipio de Nogoyá el Día del Bombero Voluntario a celebrarse el 2 de junio de cada año en todo el territorio nacional.
Artículo 2º.- Autorízase al Presidente Municipal a disponer el cobro de aportes voluntarios de contribuyentes, con destino a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Nogoyá, a instrumentarse junto con las boletas de cobro de Tasa General Inmobiliaria, Tasa de Obras Sanitarias y Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.
Artículo 3º.- Los citados aportes voluntarios serán importes fijos diferenciados por zonas previstas para la liquidación de la Tasa General Inmobiliaria a razón de $2,00 para zona A y B y $1,00 para las restantes.
Artículo 4º.- El D. E. M. deberá disponer las medidas administrativas conducentes para asegurar la recaudación, registración, transferencia y control de los importes establecidos.
Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 30 de mayo de 2008.-
Aprobado por mayoría en general, en particular por unanimidad el artículo 1º y por mayoría los artículos 2º, 3º, 4º y 5º