Se declara de interés municipal, en el Municipio de Nogoyá,
el Programa RED ARGENTINA DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1º.- Declárese de Interés Municipal, en el Municipio de Nogoyá, el Programa de Red Argentina de Municipios y Comunidades Saludables, instituido por Resolución 246/2003 – M. S. del Ministerio de Salud de la Nación..
Artículo 2º.- Disponer que el D. E. M. deberá iniciar el proceso a efectos de constituirse en Municipio y Comunidad Saludable
Artículo 3º.- Promover la sanción de normas, medidas y acciones de gobierno necesarias para propiciar la construcción de entornos físicos y sociales saludables y seguros.
Artículo 4º.- Aprobar la conformación de un Consejo Intersectorial para el desarrollo de la estrategia de Municipio y Comunidad Saludable, cuya presidencia estará a cargo del Presidente de la Municipalidad y la coordinación, a cargo del titular de la Subsecretaria de Desarrollo Social y/o del organismo que en el futuro pueda reemplazarla En el cumplimiento de sus objetivos, este Consejo estará facultado para realizar convenios con los Ministerios pertinentes tanto provinciales como nacionales, Universidades u otros centros educativos, Organizaciones no gubernamentales u otros organismos, públicos o privados.
Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 2 de mayo de 2008.-