Modifica Ord. Impositiva 523 del año 2000, en lo referente a residuos
potencialmente patológicos o infecciosos.
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1º.- Modifícase el punto 2 del artículo 43º bis de la Ordenanza 523/00 el que quedará redactado de la siguiente manera:
2- Residuos clínicos, biológicos o farmacológicos, potencialmente patológicos y/o infecciosos, retirados por la Municipalidad de Nogoyá a sus generadores, cuando la cantidad no supere los 10 kgs. por mes abonarán la suma fija mensual de ………………………………………………. $33,00.
Cuando la cantidad de Residuos clínico, biológicos o farmacológicos, potencialmente patológicos y/o infecciosos, retirados por la Municipalidad de Nogoyá a sus generadores, sea superior a los 10kgs. por mes, se le cobrará por cada kilogramo excedente la suma de …………………… $4,00.
Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 6 de diciembre de 2007.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas