Autoriza contratación directa para perforación de pozo en Villa 3
de Febrero ( intersección de Tristán Frutos y Concordia )
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1º.- Autorízase al Presidente del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Nogoyá a excepcionar lo dispuesto en la Ordenanza Nº7, para realizar la contratación directa con el fin de lograr la perforación de un pozo de agua de 16” de diámetro, con una profundidad aproximada de 40 mts., totalmente instalado, con equipo de bomba marca Rotor Pump, modelo E 6 de 7.5 HP Trifásica motor Franklin de 6”, extractor impregnado al vacío con resina Epoxi, encamisado totalmente en acero inoxidable, por un monto total de pesos veintiséis mil trescientos setenta y ocho ($26.378,00), ubicado en zona de Villa 3 de Febrero en la intersección de calles Tristán Frutos y Concordia.
Artículo 2º.- Autorízase al Presidente del Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias, que se originan como consecuencia de la presente.
Artículo 3º.- Una vez realizadas las adquisiciones autorizadas por la presente, el D. E. deberá informar a este Cuerpo, respecto de los proveedores e importes definitivamente abonados por las mismas.
Artículo 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 11 de septiembre de 2006.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas