Ordenanza Nº1.292
VISTO: El “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil” dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Nación; y,
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional, a través del Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil, financiará la construcción de Jardines Maternales a lo largo del país.
Que producto de las gestiones del Poder Ejecutivo Municipal, se ha confirmado la financiación y construcción de una Unidad de Desarrollo Infantil en la ciudad de Nogoyá.
Que en virtud de esta confirmación, el Departamento Ejecutivo realizó un análisis en nuestra ciudad, ya que si bien contamos con numerosos Jardines Maternales, hay zonas donde existe una gran demanda.
Que Villa Ghiano es una de estas zonas, pero la Municipalidad de Nogoyá no cuenta con inmuebles de su propiedad donde pueda construirse el mismo, por ello es que se requiere la desafectación de una porción de calle Mosconi, esquina Padre Mujica, que no verá afectada la circulación ni transitabilidad de vehículos, y que traerá grandes beneficios a la zona.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Desafectar del dominio público una porción de calle Mosconi, esquina Padre Mujica, en un total de 600m2, comprendido entre:
Artículo 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a utilizar la porción de calle Mosconi desafectada en el artículo anterior, para la construcción de un Jardín Maternal en el marco del “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil”.
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 9 de junio de 2.021.-
Aprobado por unanimidad en general y particular