Ordenanza Nº1256
VISTO: El Decreto Nº1163/19 del D. Ejecutivo Municipal; y,
CONSIDERANDO: Que mediante dicho Decreto el D. Ejecutivo crea, dentro de la estructura orgánica municipal el “Area de la Mujer, Género y Diversidad”.
Que ese D. Ejecutivo entiende como necesario y conveniente al interés público municipal la creación de dicha área asignándole la función de lograr mayor efectividad e impacto en el abordaje integral de los derechos humanos de las mujeres y la problemática vinculada a la protección integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional Nº26.485, su adhesión provincial mediante la Ley Nº10.058 y todas las normas relacionadas a la temática dictadas o que se dicten.
Que el D. Ejecutivo expresa en dicho Decreto que con la creación de esta área se propone brindar asistencia integral a las mujeres víctimas de violencia, estimular la remoción de patrones socio-culturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobe las mujeres, genero y diversidad.
Que a su vez el Ministerio de Desarrollo de la Provincia de Entre Ríos, a través de la Subsecretaria de la Mujer, lleva adelante un programa provincial de creación de Areas de la Mujer en los municipios de la provincia.
Que dicho programa está destinado a actores municipales y tiene por finalidad persuadir sobre la importancia de que el municipio tenga un espacio institucional que aborde la temática de la mujer, genero y diversidad desde una mirada integral y propendiendo a construir sociedades con mas igualdad y equidad de género.
Que la creación de esta área proporcionará la posibilidad de firmar convenios de colaboración y financiación de programas de desarrollo de políticas públicas con organismos nacionales, provinciales y organizaciones de la sociedad civil.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Articulo 1º.- Apruébase el Decreto Nº1163 del D. Ejecutivo, de fecha 17 de diciembre de 2019, por el que se crea ad-referendum del Concejo Deliberante el Area de la Mujer, Género y Diversidad.
Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 29 de abril de 2020.-
Aprobado por unanimidad en general y particular