Exime del pago de Libre Deuda la inscripción de Títulos de viviendas de planes sociales.
Ordenanza Nº982
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Incorpórase como inciso “g)” del artículo 178º del CAPITULO XI EXENCIONES A LA TASA POR ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS el siguiente texto: “Artículo 178º: Están exentos del pago de la Tasa por Actuaciones Administrativas: … g) Las solicitudes de expedición de libre deuda, de inscripción de títulos y toda otra solicitud o trámite que pudiere corresponder a las Escrituras Públicas que se otorgaren a favor de los adjudicatarios de Planes de Viviendas con fines sociales, sean Nacionales, Municipales, Provinciales o provenientes de entes autárquicos o entidades civiles que desarrollen Planes de Viviendas con fines sociales”.
Artículo 2º.- Comuníquese la presente a las diferentes dependencias del Municipio vinculadas con el cobro de las tasas mencionadas en la presente y a la Delegación del Colegio de Escribanos de Nogoyá.
Artículo 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 14 de diciembre de 2.012.-
Aprobado por mayoría en general y particular