Aprueba Decreto Nº010 que prohíbe la venta de un vehículo destinado al área de discapacidad.
Ordenanza Nº938
VISTO: El Decreto Nº010 del D. Ejecutivo Municipal de fecha 14/12/2.012; y
CONSIDERANDO: Que el Sr. Presidente del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad solicita a este Municipio una constancia que el vehículo objeto de dicho Decreto no podrá ser vendido, donado, transferido ni embargado por un período de cuatro años sin la previa autorización del órgano de aplicación de la Ley 19.279.
Que con la finalidad de cumplimentar este requerimiento el Sr. Presidente Municipal ha dictado el Decreto de referencia y ha enviado el mismo para que este Concejo proceda a su ratificación.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto Nº010 del D. Ejecutivo.
Artículo 2º.- Establécese que el vehículo Dominio KRQ826, marca Renault modelo Master PH3 DCI 120 PKLUX deberá ser utilizado exclusivamente para el area de discapacidad y a los fines específicos determinados por la Ley 19.279.
Artículo 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 26 de abril de 2.012.-
Aprobado por unanimidad en general y particular