Declara de Interés Municipal la recuperación funcional de un edificio municipal.
Ordenanza Nº936
VISTO: La necesidad de dotar a la Municipalidad de Nogoyá de un edificio apto para el funcionamiento adecuado de numerosas oficinas de sus departamentos Legislativo y Ejecutivo; y
CONSIDERANDO: que, entre las propiedades municipales se encuentra el inmueble sito en calle Belgrano Nº868, de una superficie de 500,60 mts.2, sobre el que se levanta un antiguo edificio de enormes proporciones.
Que, la recuperación de dicho edificio brindará a la Municipalidad un lugar adecuado para que en su planta baja puedan funcionar todas las oficinas necesarias para el Honorable Concejo Deliberante (Sala de Sesiones, Secretaría Administrativa, sede de los distintos bloques, sala de comisiones, baños, cocina, biblioteca, etc.) y en su planta alta todas las oficinas que requiera el Departamento Ejecutivo.
Que, en la actualidad, debido a la carencia de lugares adecuados, la Municipalidad debe alquilar un inmueble sobre calle San Martín Nº980, donde funciona el Juzgado de Faltas, y las distintas oficinas de la Coordinación de Inspección (área Tránsito, bromatología, obras privadas, obras sanitarias, etc.) cuyo canon alcanza la suma de tres mil seiscientos pesos mensuales.
Que, la ubicación actual de las oficinas del H. C. D. se encuentran en la planta alta y altos del edificio municipal, siendo de casi imposible acceso al mismo por sus empinadas y largas escaleras, tanto para los miembros y empleados que allí trabajan, como para los contribuyentes que quieran efectuar consultas y propuestas, o el público y el periodismo que quiera concurrir a las sesiones, por la inadecuada distribución de sus dependencias.
Que, la recuperación funcional del edificio de calle Belgrano vendría así a solucionar en forma integral y definitiva el problema edilicio de la Municipalidad de Nogoyá.
Que, el proyecto de refacción integral del edificio de calle Belgrano puede encargarse a la Maestra Mayor de Obras Sra. Cristina Amarillo, que reviste como personal de planta permanente, acordando las características de la obra encargada y remuneración.
Que, la Sra. Amarillo deberá efectuar un relevamiento del estado actual del inmueble, elaborar un proyecto técnico de refacciones en etapas y realizar un cómputo métrico o necesidades de material y mano de obra al efecto, que deberá ser sometido a consideración y aprobación de este HCD en el plazo de 60 días.
Que, se facultará a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante y a los presidentes de Bloques para que se encarguen de gestionar ante las autoridades nacionales y/o provinciales que corresponda el financiamiento de la obra de refacción edilicia a realizar.
Que, para encarar los distintos viajes y gestiones se habilitará una cuenta presupuestaria suficiente cuya administración estará a cargo de la Vicepresidencia Municipal en su carácter de Presidente nato del H. C. D.
Que, de ser necesario, este H. C. D. podrá requerir la consulta técnica del Colegio de Profesionales de la Arquitectura e Ingeniería de la ciudad de Nogoyá.
Que, para el apoyo de la gestión financiera de la obra se requerirá la colaboración de los legisladores departamentales y provinciales de Nogoyá.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Declarar de Interés Municipal la recuperación funcional del edificio ubicado en el inmueble sito en calle Belgrano Nº868 de una superficie de 500,60 mts.2, de propiedad de esta Municipalidad de Nogoyá.
Artículo 2º.- Destinar el edificio recuperado en su planta baja para el funcionamiento de todas las oficinas necesarias del H. Concejo Deliberante y en su planta alta para las oficinas que sean requeridas por el Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º.- Encargar a la agente municipal Maestra Mayor de Obras Sra. Cristina Amarillo y/o a quien la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal designe, para que efectúe las tareas profesionales y técnicas necesarias para elaborar un proyecto de refacción integral del edificio en sus plantas baja y alta por etapas y la confección de un cómputo métrico de materiales y mano de obra que se requerirá, a fin de calcular los costos de la obra. Dicho proyecto deberá ser presentado en el plazo de 60 días para ser considerado y aprobado por el H. C. D.
Artículo 4º.- Facultar al Presidente del H. C. D. y a los jefes de Bloques para llevar adelante todas las gestiones necesarias ante las autoridades nacionales y/o provinciales para obtener un financiamiento de la obra. Podrán requerir la colaboración de los legisladores departamentales y provinciales de Nogoyá.
Artículo 5º.- Habilitar una cuenta especial destinada a cubrir todos los gastos que la gestión requiera, cuya administración estará a cargo del Presidente del H. C. D.
Artículo 6º.- Autorizar al Presidente del H. C. D. a requerir consultas técnicas al Colegio de Profesionales de la Arquitectura e Ingeniería local, si fuera necesario.
Artículo 7º.- Derógase la Ordenanza Nº243 y toda otra disposición que se contraponga con la presente.
Artículo 8º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 12 de abril de 2.012.-
Aprobado por unanimidad en general, en particular aprobados por unanimidad los artículos 1º, 3º, 5º, 7º y 8º y por mayoría los artículos 2º, 4º y 6º