Regula el tránsito en calle Fray R. Saldaña Retamar.
Ordenanza Nº940
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Dispónese que será de doble circulación el tránsito de vehículos en calle Fray Reginaldo de la Cruz Saldaña Retamar en el tramo comprendido entre las calles San Lorenzo y Bvard. Sarmiento.
Artículo 2°.- Prohíbese el estacionamiento de vehículos sobre calle Fray Reginaldo de la Cruz Saldaña Retamar entre las calles Mantegazza y Bvard. Sarmiento junto a ambas aceras.
Artículo 3º.- Autorízase el estacionamiento en calle Fray Reginaldo de la Cruz Saldaña Retamar sobre el lado correspondiente a la acera sur en el tramo comprendido entre las calles Mantegazza y Fitz Gerald únicamente.
Artículo 4º.- Prohíbese el estacionamiento en calle Mosconi en el sector comprendido entre las calles Bvard. Sarmiento y 17 de Agosto sobre el lado correspondiente a la acera sur.
Artículo 5º.- Derógase toda disposición que se oponga a la presente.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Nogoyá, Sala de Sesiones, 24 de mayo de 2.012.-
Aprobado por unanimidad en general y particular