Dona terreno al IAPV para la construcción de viviendas
Ordenanza Nº904
VISTO: la necesidad permitir la construcción de nuevas unidades habitacionales en nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO: que nuestro Municipio cuenta con espacios para la construcción de viviendas;
Que en el predio de la ex Area Industrial existen lotes cuyas dimensiones y accesos a servicios los hacen aptos para la construcción de núcleos habitacionales mediante modalidades similares a las ya existentes en la misma zona;
Que tanto la Asociación Gremial del Magisterio como personal de la fuerza policial han solicitado contar con la posibilidad de acceder a planes de vivienda para el personal que se desempeña en esas áreas;
Que el Gobierno Provincial a través del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda se encuentra trabajando permanentemente para brindar soluciones habitacionales a gran parte de nuestra población con el objeto de llevar mejores condiciones de vida a nuestras familias;
Que la construcción de viviendas no solamente beneficia a quienes habitan las mismas sino que como actividad económica cumple un rol importante en la comunidad, dinamizando el sector, creando empresas y generando fuentes de empleo;
Que el Artículo 81 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos establece que: “Cuando para la fundación de colonias o para otros fines de utilidad pública, se considere necesario la enajenación de los bienes del fisco en venta directa o la cesión gratuita, podrá la Legislatura, con dos tercios de votos presentes, autorizar estas formas de enajenación, tomando en cuenta cada caso y dictando una ley especial para cada uno.”
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA
ORDENANZA
Artículo 1º.- Declárase de Utilidad Pública la construcción de viviendas de interés social en el inmueble identificado con plano de mensura Nº26.325, aprobado por Dirección de Catastro el 05/12/1997, con Partida Provincial número 09-115.081 y registrado en el Registro Público bajo Matrícula 110.220, sección Dominio Urbano de la ciudad de Nogoyá, provincia de Entre Ríos.
Artículo 2º.- Dónase a favor del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos (IAPV), con cargo de afectar a la construcción de Viviendas de Interés Social, parte del inmueble propiedad de la Municipalidad de Nogoyá, identificado con plano de mensura Nº26.325, aprobado por Dirección de Catastro el 05/12/1997, con Partida Provincial número 09-115.081 y registrado en el Registro Público bajo Matrícula 110.220, sección Dominio Urbano, comprendido entre los siguientes límites y linderos, cuyas medidas aproximadas a confirmar con la mensura que deberá realizarse son: al Norte recta de 101,00 mts. sobre calle Alfredo Palacios; al Este recta de 99,00 mts. con calle 16 de Julio; al Sur recta de 101,00 mts. con calle pública y al Oeste recta de 99,00 mts. con Municipalidad de Nogoyá, el cual totaliza una superficie aproximada de 9.999 m2.
Artículo 3º.- La donación referida en el artículo 2º es con cargo de ser destinada a afiliados a la Asociación Gremial del Magisterio (AGMER) de la ciudad de Nogoyá y a personal dependiente de la Policía de Entre Ríos en forma prioritaria, en caso de exceder la cantidad de viviendas las mismas podrán ser adjudicadas de acuerdo a la normativa previstas por IAPV para los aspirantes en general.
Artículo 4º.- Autorízase al presidente del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Nogoyá, a realizar todas las gestiones, diligencias y contrataciones necesarias para instrumentar la cesión autorizada en el artículo 1º, incluyendo la firma de la escritura traslativa de dominio a favor del IAPV.
Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 4 de agosto de 2011.-
Aprobado por unanimidad en general y particular