Aprueba Contrato con la firma Systeco SA
Ordenanza Nº857/09
VISTO: El Contrato de Concesión de Servicio de Control de Tránsito y Condiciones de Seguridad en la Circulación Vehicular, suscripto entre la Municipalidad de Nogoyá y la firma SYSTECO S.A., y;
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº563 de fecha 27 de octubre de 2009, se dispuso la contratación con la firma SYSTECO S.A. de contrato de concesión cuyo objeto es la prestación del servicio de Control de Tránsito Vehicular, mediante la instalación y operación de sistemas electrónicos de constatación de infracciones con registro gráfico, en los lugares que la Municipalidad de Nogoyá determine;
Que se ha tenido presente a los fines de las contratación, la necesidad de adoptar medidas de seguridad que tornen más eficaz el control del tránsito vehicular en nuestra ciudad, el que se ha incrementado notablemente en el último tiempo, no sólo porque ha crecido el parque automotor local, sino fundamentalmente por la cantidad e intensidad de vehículos de gran porte que atraviesan nuestra localidad luego de la apertura del enlace vial Rosario – Victoria, la mayoría de ellos de transporte internacional;
Que en tal sentido, han informado los Encargados del Area de Tránsito municipal, refiriendo que se han relevado desde las 6.00 hs. hasta las 22.00 hs. por Eva Duarte, Avellaneda y Virreynato del Río de la Plata, el paso entre 6.000 y 7.000 vehículos por día, de los cuales 2.500 aproximadamente son camines de gran porte;
Que no obstante la normativa vigente, la señalización existente y el esfuerzo que realiza permanentemente el personal municipal encargado del control del tránsito, existen conductores que a diario violan las normas vigentes, poniendo en riesgo su propia seguridad y la de los vecinos de nuestra ciudad, circunstancia que obliga la adopción de medidas extraordinarias de control preventivo y eventualmente sancionatorio, en ejercicio del Poder de Policía Municipal;
Que se ha tenido presente también a efectos de la contratación, que la Municipalidad de Nogoyá no cuenta con elementos técnicos que permitan la captura de infracciones y que la empresa SYSTECO S.A., que presta actualmente dicho servicio para la Policía de la Provincia de Entre Ríos, fue evaluada a prueba, la que resultara satisfactoria;
Que mediante el contrato, cuya aprobación por este Cuerpo se solicita, se obliga la empresa a la instalación y operación de sistemas electrónicos de constatación de infracciones con registro gráfico y gestión de cobro extrajudicial de las infracciones, mediante sistema de depósito en el Banco de la Nación Argentina, en cuenta perteneciente al Municipio y, previa deducción de los gastos de franqueo postal, se dividirán los importes ingresados en un 60% para la empresa y un 40% para la Municipalidad de Nogoyá, habiéndose convenido por un término de dos años, a contar desde la aprobación del Contrato por este H.C.D., oportunidad en la cual comenzará su vigencia y validez;
Se obliga además la empresa a la instalación sin cargo, en el término de un año, de dos semáforos totalmente equipados para su funcionamiento en intersecciones de nuestra ciudad;
Que atento la imposibilidad de prestación directa del servicio por parte del Municipio y que el objeto perseguido no es la recaudación sino la prevención de accidentes, lo que se conseguirá con el efecto disuasivo que significará el conocimiento por parte de los conductores de los controles dispuestos, específicamente el cruce de semáforo con luz roja, falta ésta que se comete diariamente, especialmente por vehículos de gran porte, y que por su potencial peligro, pone en riesgo la vida y bienes de los ciudadanos de nuestro pueblo, es que se valora desde el Departamento Ejecutivo –con argumentos que plenamente compartimos- que resulta favorable al interés público municipal la contratación, atento la relación costo – beneficio que el sistema ofrece para nuestra comunidad;
Es por tales razones, que resulta conveniente y necesario la aprobación del Decreto Nº 563 y del Contrato suscripto con la firma SYSTECO S.A. en todos sus términos, facultándose al Jefe del Area Tránsito y/o el funcionario que el D. Ejecutivo designe, para firmar las actas de infracción que con los sistemas electrónicos con registro gráfico se constaten, pudiendo utilizarse el sistema de firma escaneada o digitalizada, debiendo remitirse las correspondientes actas a los infractores, a efectos de su pago;
Que corresponde fijar el monto correspondiente a la infracción por cruce del semáforo cuando esté con luz roja encendida prohibiendo el paso, estableciéndolo en el valor mínimo de Pesos Doscientos ($ 200,-) y un máximo de Pesos Un Mil ($ 1.000,-);
Que remitida la primera notificación extrajudicial, se establecerá en beneficio del infractor la posibilidad de pago voluntario con monto reducido en un 30 % de su valor originario, en fecha anticipada a su vencimiento que se le hará saber;
Que remitida la segunda notificación, el valor originario se incrementará conforme reglamente el Departamento Ejecutivo, respetando el límite máximo de Pesos Un Mil ($ 1.000,-) establecido;
Que las infracciones no abonadas mediante el pago voluntario referido, serán remitidas por el Area de Tránsito al Juzgado de Faltas Municipal, a fin de su juzgamiento conforme la normativa vigente, exceptuándose para estos supuestos de la obligación de remitir las actas al juzgado en el término de 5 días, consignada en el art. 3º de la Ordenanza Nº843, a efectos de posibilitar la gestión de cobro mediante depósito bancario que realiza la empresa;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto Nº 563 de fecha 27 de octubre de 2009 y el Contrato de Concesión de Servicio de Control de Tránsito y Condiciones de Seguridad en la Circulación Vehicular, suscripto entre la Municipalidad de Nogoyá y la firma SYSTECO S.A, en todos sus términos, los que se dan aquí por reproducidos.-
Artículo 2º.- Facúltase al Jefe del Area Tránsito y/o el funcionario que el Departamento Ejecutivo designe, para firmar las actas de infracción que con los sistemas electrónicos con registro gráfico se constaten, pudiendo utilizarse el sistema de firma escaneada o digitalizada, debiendo remitirse las correspondientes actas a los infractores, a efectos de su pago.-
Artículo 3º.- Determínase el monto correspondiente a la infracción por cruce del semáforo cuando esté con luz roja encendida prohibiendo el paso, estableciéndolo en el valor mínimo de Pesos Doscientos ($ 200,-) y un máximo de Pesos Un Mil ($ 1.000,-).-
Artículo 4º.- Dispónese que remitida la primera notificación extrajudicial, se establecerá en beneficio del infractor la posibilidad de pago voluntario con monto reducido en un 30 % de su valor originario, en fecha anticipada a su vencimiento, disponiéndose que a partir de la segunda notificación, el valor originario se incrementará conforme reglamente el Departamento Ejecutivo, respetando el límite máximo de Pesos Un Mil ($ 1.000,-) establecido.-
Artículo 5º.- Las infracciones no abonadas mediante el pago voluntario realizado mediante depósito bancario, serán remitidas por el Area de Tránsito al Juzgado de Faltas Municipal, a fin de su juzgamiento conforme la normativa vigente, exceptuándose para estos supuestos de la obligación de remitir las actas al juzgado en el término de 5 días, consignada en el art. 30 de la Ordenanza Nº325.
Artículo 6º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 30 de noviembre de 2.009.-
Aprobado por mayoría en general y particular