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Ordenanza Nº847

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03 de agosto de 2009
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Modifica el Régimen de Contrataciones y Suministros

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Modifica el Régimen de Contrataciones y Suministros

                                                                                                  Ordenanza Nº847/09

 

 

VISTO: la Ordenanza Nº7 “Régimen de Contrataciones y Suministros”; y

 

CONSIDERANDO: Que resulta necesario adecuar la referida Ordenanza a todas aquellas contrataciones que no refieren a la obra pública;

           Que así lo ha observado el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos en el sentido que el artículo Nº4 de la Ordenanza 7/84 establece que “El Régimen de Licitación Pública estará sujeto a lo dispuesto en Ley de Obras Públicas de la Provincia de Entre Ríos Nº6.351; su Decreto Reglamentario Nº958/79 SO y SP y las normas que en el futuro las sustituyan o modifiquen”, sin que se haga mención alguna al Régimen de Contrataciones de la Provincia, reglado por la Ley de Contabilidad Nº5.140, T. O. Por el Decreto Nº404 y su Decreto Reglamentario Nº795/96 para las compras que no impliquen la realización de Obras Públicas;

             Que como consecuencia de lo antes expuesto, es que actualmente no se cumple con lo establecido en el Decreto Nº795/96 en cuanto a la conformación de una Comisión de Compras o Comisión de Estudio de las Ofertas, que establezca la validez de las mismas y aconseje  la adjudicación por mayoría de sus miembros;

             Que en virtud de lo expuesto resulta necesario modificar el artículo 4º de la Ordenanza Nº7 y agregar en el mencionado artículo el siguiente párrafo: “En las contrataciones que no se refieran a obra pública deberá observarse el Régimen de Contrataciones de la Provincia, reglado por la Ley de Contabilidad Nº5.140, texto ordenado por el Decreto Nº404 y su D. R. Nº795/96 y las normas que se dicten modificándolo o sustituyéndolo.”.

 

Por ello:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 4º de la Ordenanza Nº7 – Régimen de Contrataciones y Suministros – incorporando a dicho artículo el siguiente párrafo: “En las contrataciones que no se refieran a obra pública deberá observarse el Régimen de Contrataciones de la Provincia, reglado por la Ley de Contabilidad Nº5.140, texto ordenado por el Decreto Nº404 y su D. R. Nº795/96 y las normas que se dicten modificándolo o sustituyéndolo.”.

Artículo 2º.- De forma.-

 

Nogoyá, Sala de Sesiones, 3 de agosto de 2.009.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular

 

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