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Ordenanza Nº786

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07 de mayo de 2007
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Incorpora artículo a Ordenanza 304 ( Tránsito ) referido a expedición de carnet de conductor.

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Incorpora artículo a Ordenanza 304 ( Tránsito ) referido a expedición de carnet de conductor.





Ordenanza Nº786
Vetada Decreto Nº260 – 07/05/2.007
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 
ORDENANZA
 

Artículo 1º.- Incorpórese como Artículo 22º bis) de la Ordenanza Nº304, sancionada con fecha 02/09/1993, promulgada por Decreto Nº517 de fecha 07/09/93, el siguiente “Artículo 22º bis) Cumplido los recaudos previstos en los artículos precedentes y las disposiciones del Capitulo II, Título III de la Ley Nº24.449 y su Decreto Reglamentario, se procederá a expedir el carnet que acredita la Licencia de Conducir, debidamente firmada por el titular del Departamento Ejecutivo, quien lo reemplace en ausencia o por funcionario debidamente designado por este, bajo las responsabilidades civiles, penales y/o administrativas que pudiera originar el incumplimiento de la normativa vigente”.

Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
 

                                                   Nogoyá, Sala de Sesiones, 23 de abril de 2007.-

 

Aprobado por unanimidad en general y en particular

Ordenanza Nº 0786

 

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+54 (0) 3435 421 012 / 015 / 046

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