logo-header-smalllogo-header-smalllogo-header-smalllogo-header-small
  • INICIO
  • NOTICIAS
  • CIUDAD
  • SERVICIOS
    • Guía de trámites y formularios
    • Teléfonos útiles
    • Horarios Atención de la Salud
    • Recolección de Residuos
    • Ver todos
  • AREAS
    • Autoridades y Funcionarios
    • Gobierno, Desarrollo Social y Relaciones Institucionales
      • Desarrollo Social
      • Producción – Parque Industrial
      • Tránsito
      • Cultura
      • OMIC
      • Deportes
    • Hacienda, Economía y Finanzas
      • SIAT
      • Guía de trámites y formularios
      • Ejecuciones presupuestarias
      • Proveedores
      • Compras. Licitaciones y Concursos
      • Escala Salarial
      • Ordenanza Impositiva 2024
    • Planeamiento, Obras y Servicios Públicos
  • CONCEJO DELIBERANTE
    • Atribuciones y deberes
    • Conformación
    • Ordenanzas

Ordenanza Nº770

  • Inicio
  • Ordenanzas
  • Ordenanza Nº770
13 de septiembre de 2006
Categorías
  • Ordenanzas
Tags

Autoriza contratación directa para perforación de pozo en Villa 3 de Febrero ( intersección de Tristán Frutos y Concordia )

Print Friendly, PDF & Email IMPRIMIR

Autoriza contratación directa para perforación de pozo en Villa 3
de Febrero ( intersección de Tristán Frutos y Concordia )












































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































Ordenanza Nº770
Dto. de Promulgación Nº586 – 13/09/2.006
 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

  

 

Artículo 1º.- Autorízase al Presidente del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Nogoyá a excepcionar lo dispuesto en la Ordenanza Nº7, para realizar la contratación directa con el fin de lograr la perforación de un pozo de agua de 16” de diámetro, con una profundidad aproximada de 40 mts., totalmente instalado, con equipo de bomba marca Rotor Pump, modelo E 6 de 7.5 HP Trifásica motor Franklin de 6”, extractor impregnado al vacío con resina Epoxi, encamisado totalmente en acero inoxidable, por un monto total de pesos veintiséis mil trescientos setenta y ocho ($26.378,00), ubicado en zona de Villa 3 de Febrero en la intersección de calles Tristán Frutos y Concordia.

Artículo 2º.- Autorízase al Presidente del Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias, que se originan como consecuencia de la presente.

Artículo 3º.- Una vez realizadas las adquisiciones autorizadas por la presente, el D. E. deberá informar a este Cuerpo, respecto de los proveedores e importes definitivamente abonados por las mismas.

Artículo 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

 

                                           Nogoyá, Sala de Sesiones, 11 de septiembre de 2006.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas

Ordenanza Nº 0770

 

Compartir

Artículos relacionados

07 de mayo de 2025

Ordenanza Nº 1488


Leer más
07 de mayo de 2025

Ordenanza Nº 1487


Leer más
07 de mayo de 2025

Ordenanza Nº 1486


Leer más
Nogoyá

Caseros 965, Nogoyá (3150), E.R.

intendencia@nogoya.gov.ar

+54 (0) 3435 421 012 / 015 / 046

Municipalidad de Nogoyá, Entre Ríos, Argentina
  • QUIENES SOMOS
  • DONDE ESTAMOS
  • EL PARQUE
  • GALERIA
  • CONTACTO