Modifica Art. 8, Ord 758 ( formas de pago )
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1º.-Refórmese el Artículo 8º de la Ordenanza Nº758, Dto. de Promulgación Nº494 de fecha 04/08/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 8º.- El pago de los importes resultantes por contribución por mejoras que esta obra provoca, podrán ser abonados de la siguiente manera:
a) Al contado con un descuento del 10% del valor total.
b) Una entrega no inferior al 15% al contado y sin interés y el saldo por los planes que se estipulan en los incisos c), d) y e).
c) En 3 cuotas con un 6% de descuento del valor total.
d) En 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin interés.
e) En 12 o 18 cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un interés del 12% anual sobre saldo, liquidado por sistema francés.”
Nogoyá, Sala de Sesiones, 14 de agosto de 2006.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas