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Ordenanza Nº705

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19 de abril de 2005
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Modifica Ord.304 (Tránsito) - estacionamiento frente a cocheras.

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Modifica Ord.304 (Tránsito) – estacionamiento frente a cocheras.





Ordenanza Nº705
Dto. Promulgación Nº246 – 19/04/2.005
 
 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º.-  Modifícase el artículo 28º de la Ordenanza 304, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 28º: queda prohibido el estacionamiento o detención frente a cocheras, garajes o portones de accesos de vehículos, debidamente identificados con los carteles correspondientes, excepto a los propietarios de los mismos, por automóviles o pick up de su propiedad.

Artículo 2º.- Modifícase el punto 1 del artículo 42º de la Ordenanza 304, el que quedará redactado de la siguiente forma: “1- El estacionamiento de vehículos en todos los sectores de dicho paseo, excepto los de los frentistas que posean garaje para automóviles o pick up de su propiedad, los cuales deberán estacionarlos en las dársenas mas cercanas a la entrada de sus garajes y por un lapso no mayor de 30 minutos.”

Artículo 3º.- Los frentistas aludidos en los artículos 2º y 3º deberán indicar en el cartel identificatorio del garaje, cochera o portón de acceso de vehículos, el número de dominio de los vehículos de su propiedad a que hacen referencia los artículos mencionados en la presente.

Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- 

                                                    Nogoyá, Sala de Sesiones, 11 de abril de 2.005.-

Aprobado por unanimidad en general y particular

Ordenanza Nº 0705

 

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