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Ordenanza Nº1347

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22 de junio de 2022
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Acepta donación de terrenos de propiedad de la Provincia de Entre Ríos

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Ordenanza Nº1.347

VISTO: La Providencia 483/22 referente a las Leyes Nº10.962 y 10.963 ingresadas por Mesa de Entradas en fecha 10/05/22 – Orden Nº2247 – Fº 2069; y,

CONSIDERANDO: Que la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº10.962 autoriza al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a transferir a título gratuito a favor de la Municipalidad de Nogoyá, un inmueble de su propiedad, el cual es parte de una superficie mayor identificada bajo matrícula número 104.412 – Dominio Urbano, Plano de Mensura Nº18.013, Partida de A.T.E.R. Nº 107.481, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Ejido de Nogoyá, Zona de Quintas, domicilio parcelario: calle Vivanco s/nº esquina calle Facón Grande, de una superficie según título y mensura confeccionada por el Agrimensor Guillermo Santiago López la que se encuentra en trámite de registración en la Dirección Provincia I de Catastro de la Provincia de Entre Ríos de UNA HECTAREA, VEINTITRES AREAS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (1 Ha. 23 Ca. 50dm2.), con los siguientes limites y linderos: NORESTE: recta 1-2 al Sur 45º 55´ Este de 50,00 metros que linda con Domingo Felipe Cavagna y Otros: SURESTE: recta 2-3 al Sur 43º 55´ Oeste de 152,47 metros que linda con calle Vivanco; SUROESTE: recta 3-4 al Norte 45º 55´ Oeste de 100,00 metros que linda con calle Vivanco; y NOROESTE: rectas 4-5 al Norte 43º 55´ Este de 70,00 metros, 5-6 al Sur 45º 55´ Este de 50,00 metros y 6-1 al Norte 43º 55´ Este de 82,47 metros que linda con Superior Gobierno de Entre Ríos.

            Que a su vez la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº 10.963 autoriza al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a transferir a título gratuito a favor de la Municipalidad de Nogoyá, un inmueble de su propiedad, identificado bajo matrícula número 104.407 – Dominio Urbano, Plano de Mensura Nº5.953, Partida de A.T.E.R. Nº100.991, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Zona de Quintas, domicilio parcelario: Calle Facón Grande esq. Pública, de una superficie según mensura de UNA HECTAREA, SESENTA Y CINCO AREAS, CON CERO SEIS DECIMETROS CUADRADOS (1 Ha. 65 Ca. 06 dm2.), según título de UNA HECTAREA, NOVENTA Y TRES AREAS, CON NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (1 Ha. 93 Ca. 99 dm2.) con los siguientes límites y linderos: NORESTE: recta (1-2) S 45º 18´ E de 170,80 m., que linda con calle Facón Grande; SURESTE: recta (4-5) S 44º 43´ O de 85,50 m., que linda con calle Pública; SUROESTE: recta (5-6) N 45º 17´ O de 50,00 m.; recta (6-7) S 44º 43´ O de 14,80 m. y recta (7-8) N 46º 04´ O de 121,20 m., que lindan las tres con Lidia Esther Rivero; NOROESTE: recta (8-3) N 45º 00´ E de 101,90 m., que linda con terreno FFCC, (ramal levantado (Nogoyá-Victoria)).

            Que en ambas Leyes se faculta a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios para las efectivas transferencias de dominios de los inmuebles descriptos anteriormente, ambos a favor de esta Municipalidad de Nogoyá.

            Que según lo dispuesto en el Artículo 93º Inciso r) de la Ley Nº10.027 Orgánica de Municipios corresponde a éste Cuerpo autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar o rechazar donaciones de inmuebles con cargo.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º.- Aceptar la transferencia a titulo de donación ofrecida por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº 10.962 de fecha 06/04/22, de una fracción de terreno de su propiedad, el cual es parte de una superficie mayor identificada bajo matrícula número 104.412 – Dominio Urbano, Plano de Mensura Nº 18.013, Partida de A.T.E.R. Nº 107.481, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Ejido de Nogoyá, Zona de Quintas, domicilio parcelario: calle Vivanco s/nº esquina calle Facón Grande, de una superficie según título y mensura confeccionada por el Agrimensor Guillermo Santiago López la que se encuentra en trámite de registración en la Dirección Provincia I de Catastro de la Provincia de Entre Ríos de UNA HECTAREA, VEINTITRES AREAS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (1 Ha. 23 Ca. 50 dm2.), con los siguientes limites y linderos:

NORESTE: recta 1-2 al Sur 45º 55´ Este de 50,00 metros que linda con Domingo Felipe Cavagna y Otros.

SURESTE: recta 2-3 al Sur 43º 55´ Oeste de 152,47 metros que linda con calle Vivanco;

SUROESTE: recta 3-4 al Norte 45º 55´ Oeste de 100,00 metros que linda con calle Vivanco.

NOROESTE: rectas 4-5 al Norte 43º 55´ Este de 70,00 metros, 5-6 al Sur 45º 55´ Este de 50,00 metros y 6-1 al Norte 43º 55´ Este de 82,47 metros que linda con Superior Gobierno de Entre Ríos.

Artículo 2º.- Aceptar la transferencia a titulo de donación ofrecida por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº10.963, de fecha 06/04/22, un inmueble de su propiedad, identificado bajo matrícula número 104.407 – Dominio Urbano, Plano de Mensura Nº 5.953, Partida de A.T.E.R. Nº 100.991, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Zona de Quintas, domicilio parcelario: Calle Facón Grande esq. Pública, de una superficie según mensura de UNA HECTAREA, SESENTA Y CINCO AREAS, CON CERO SEIS DECIMETROS CUADRADOS (1 Ha. 65 Ca. 06 dm2.), según título de UNA HECTAREA, NOVENTA Y TRES AREAS, CON NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (1 Ha. 93 Ca. 99 dm2.) con los siguientes límites y linderos:

NORESTE: recta (1-2) S 45º 18´ E de 170,80 m., que linda con calle Facón Grande.

SURESTE: recta (4-5) S 44º 43´ O de 85,50 m., que linda con calle Pública.

SUROESTE: recta (5-6) N 45º 17´ O de 50,00 m.; recta (6-7) S 44º 43´ O de 14,80 m. y recta (7-8) N 46º 04´ O de 121,20 m., que lindan las tres con Lidia Esther Rivero.

NOROESTE: recta (8-3) N 45º 00´ E de 101,90 m., que linda con terreno FFCC, (ramal levantado (Nogoyá-Victoria)).

Artículo 3º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación que fuere menester para concretar las donaciones aceptadas por los artículos 1º y 2º.

Artículo 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

                                             Nogoyá, Sala de Sesiones, 22 de junio de 2.022.-

Aprobado por unanimidad en general y particular

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