Ordenanza Nº1.345
VISTO: La nota ingresada por el Sr. Carlos Alberto Gómez a este Concejo en fecha 26/04/22; y,
CONSIDERANDO: Que mediante dicha nota el Sr. Gómez solicita la rectificación de la Ordenanza Nº1.238 en lo relativo al número de matrícula consignado.
Que el artículo 1º de la Ordenanza Nº1.238 establece “Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a la suscripción de la Escritura Pública traslativa de dominio de donación o distracto del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V.), a favor de la Municipalidad de Nogoyá, relacionada con el inmueble ubicado en la ciudad de Nogoyá, Planta Urbana, Manzana N°151-2, registrado bajo Plano Nº27.367, Partida Inmobiliaria Nº09-113852/3, de actual titularidad dominial del I.A.P.V., estando el dominio actualmente inscripto a matricula número 108.867 – Dominio Urbano, inmueble de una superficie de 93,06 m2.”
Que de acuerdo a lo consignado en la ficha de transferencia, se advierte un error en el número de matrícula, debiéndose proceder a la corrección correspondiente.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE NOGOYÁ,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº1.238 el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a la suscripción de la Escritura Pública traslativa de dominio de donación o distracto del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V.), a favor de la Municipalidad de Nogoyá, relacionada con el inmueble ubicado en la ciudad de Nogoyá, Planta Urbana, Manzana N°151-2, registrado bajo Plano Nº27.367, Partida Inmobiliaria Nº09-113852/3, de actual titularidad dominial del I.A.P.V., estando el dominio actualmente inscripto a matricula número 109.041 – Dominio Urbano, inmueble de una superficie de 93,06 m2.”
Artículo 2º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 26 de mayo de 2.022.-
Aprobado por unanimidad en general y particular