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Ordenanza Nº1289

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28 de abril de 2021
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Modifica la Ordenanza 1283.

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Ordenanza Nº1.289

 

 

VISTO: La Ordenanza Nº1283; y,

 

CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza Nº 1283, se acepta la donación de la cuota parte del terreno ofrecido por las Sras. María Cristina Orlandi, D.N.I. Nº5.209.738, Hilda María Orlandi, D.N.I. Nº5.974.352 y Beatriz María Orlandi, D.N.I. Nº12.648.117, sito en calle 25 de Mayo S/N, esquina Presidente Arturo Illia, por una superficie total de 1.874,99 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Local con Matricula Nº 106.823, Plano Mensura Nº4763, con cargo de que su destino sea para un fin social a la comunidad de Nogoyá, y también se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la Escritura Traslativa de Dominio a favor de la Municipalidad.

            Que al momento de formalizar la Escritura, surge que la propiedad en cuestión cuenta con deuda de TGI TOS Municipal e Inmobiliaria de ATER.

            Que a los fines de poder abonar la deuda en cuestión, es necesario modificar la Ordenanza Nº1283, a los fines de condonar la deuda municipal por un lado, y abonar la deuda provincial por otro.

           

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza Nº1283 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3º.- Condónese la deuda municipal de TGI TOS de la propiedad con Matricula Nº106.823, Plano Mensura Nº4763, a los fines de dar cumplimiento a los artículos detallados precedentemente.-”

Artículo 2º.- Incorpórese el Artículo 4º a la Ordenanza Nº1283, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar la deuda por Impuesto Inmobiliario Provincial correspondiente a la propiedad con Matricula Nº106.823, Plano Mensura Nº4763, a los fines de dar cumplimiento a los Artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza.-”

Artículo 3º.- Incorpórese el Artículo 5º a la Ordenanza Nº1283, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 5º.- De forma.-”

Artículo 4º.- De forma.-

 

                                               Nogoyá, Sala de Sesiones, 28 de abril de 2.021.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular

 

 

 

                                                                                      

 

 

 

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