Ordenanza Nº1.286
VISTO: La preocupación de la sociedad en cuanto a los consumos problemáticos dentro de la ciudad de Nogoyá; y,
CONSIDERANDO: Que por consumos problemáticos se entiende a todos los consumos que afectan negativamente, en forma ocasional o sostenida en el tiempo, la salud física, psíquica del sujeto, y/o las relaciones sociales pudiendo llegar a afectar el vínculo con la ley.
Que los consumos problemáticos pueden manifestarse como episodios ocasionales, abusos o adicciones a sustancias como el alcohol, el tabaco, drogas psicotrópicas legales o ilegales o producidos por ciertas conductas compulsivas de los sujetos hacia el juego, las tecnologías digitales, la alimentación, las compras o cualquier otro consumo percibido como incontrolable.
Que la temática de consumos problemáticos está instalada en la sociedad desde hace muchos años, pero se ha sido profundizando últimamente, enraizándose en todas las edades, lo que conlleva a grandes problemas sociales.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha demostrado su interés y preocupación en el tema, lo que se traslada a la voluntad de este Cuerpo Deliberativo, quienes, tras concretarse reuniones conjuntas con distintos funcionarios municipales y provinciales, hemos decidido ocuparnos, procediendo al dictado de la presente Ordenanza en miras de trabajar en la prevención de los consumos problemáticos en el ámbito de la ciudad de Nogoyá.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Decláranse de Interés Municipal todas las actividades municipales que se organicen y desarrollen en el año 2021 relacionadas con los “Consumos Problemáticos”.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá crear un sello distintivo de esta actividad para ser utilizado en cada convocatoria de actividades municipales recreativas, deportivas o culturales que se realicen en el año 2021.
Articulo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adherir a la Municipalidad de Nogoyá a la Red Provincial de Problemáticas de Consumo.
Artículo 4º.- Autorizase al D. Ejecutivo a crear un equipo interdisciplinario en el ámbito de la Municipalidad de Nogoyá, integrado por funcionarios y distintos profesionales vinculados con la temática, los cuales se encargarán de fijar los lineamientos de trabajo y las actividades a desarrollar.
Artículo 5º.- Créase el Padrón de Colaboradores, donde podrán inscribirse aquellos profesionales que de manera desinteresada y ad-honorem quieran colaborar con el equipo interdisciplinario, aportando sus conocimientos y disponiendo de su trabajo.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 31 de marzo de 2.021.-
Aprobado por unanimidad en general y particular