Autoriza la venta del colectivo municipal.
Ordenanza Nº1099
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a vender o dar en parte de pago el colectivo de propiedad de esta Municipalidad de Nogoyá, dominio SBG305 y a disponer hasta la suma de pesos trescientos mil ($300.000) para abonar la diferencia de la compra de una nueva unidad.
Artículo 2º.- Créase una Comisión ad-hoc formada por el Coordinador de Deportes y Recreación, tres Concejales, el actual chofer del colectivo municipal y el mecánico municipal, la que tendrá a cargo la evaluación de la unidad, la verificación de las características técnicas, el estado de conservación del vehículo a adquirir, y emitir opinión al respecto, siendo la misma de carácter resolutivo. Dicho informe será elevado al Departamento Ejecutivo a los fines de su consideración, y de corresponder que este realice la contratación directa con el titular de la unidad.
Artículo 3º.- Toda erogación vinculada a la adquisición de la unidad mencionada en el artículo 1º que exceda la suma prevista, deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante, con mayoría especial.
Artículo 4º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación que resulte necesaria a los fines de efectivizar las transferencias de las unidades, así como también a realizar las reimputaciones y adecuaciones presupuestarias que fueran necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 21 de agosto de 2.015.-
Aprobado por unanimidad en general y particular