Autoriza a suscribir escritura por un inmueble correspondiente a la Sra. Marta Díaz.
Ordenanza Nº1.075
VISTO: El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo en fecha 17/11/14; y
CONSIDERANDO: Que dicho proyecto tiene por objeto la modificación de la Ordenanza Nº1004 por la que se interesó la escrituración por una superficie de CIEN METROS CUADRADOS (100 m2); que dicha superficie se tomó de la boleta de tasas del Registro Nº8915, perteneciente a la vivienda cuya escrituración se interesó.
Que la escribana interviniente, tiene en cuenta la mensura que realiza el Agrimensor Guillermo López, de la que surge una superficie de 232,43 m2, resultando así una diferencia entre lo autorizado por Ordenanza Nº1.004 y la superficie que resulta de la mensura, plano Nº34.919, partida provincial Nº121.316, una diferencia de 132,43 m2.
Que se puede observar que el contrato oportunamente celebrado entre la Municipalidad y la Hna. Rosa María Ibalo, lo fue por una superficie aproximada de 220 m2, contrato aprobado por Decreto Nº218/1992.
Que en dicho estado, y atento a la documentación, el D. Ejecutivo considera oportuno remitir un proyecto para modificar la Ordenanza Nº1.004 respecto a la fracción de terreno allí consignada, debiéndose oportunamente realizar las correcciones en las áreas correspondientes a fin que se adecúe la superficie de terreno por la cual se pagan las tasas municipales.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Ordenanza Nº1004, el que queda redactado de la siguiente manera: “Autorizar al D. Ejecutivo a la suscripción de la Escritura Pública de una fracción de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CUARENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (232,43 m2) sobre una superficie mayor sobre el inmueble Partida Provincial Nº50.463, Plano Nº22.417, a favor de la Sra. Marta Susana Díaz, DNI Nº10.819.648, con el cargo a favor de Gloria del Carmen Díaz, DNI Nº17.703.244, para que habite dicha vivienda de manera vitalicia, conforme Decreto Nº218/1992.
Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 27 de noviembre de 2.014.-
Aprobado por unanimidad en general y particular