Modifica Ordenanza Impositiva – salas de juegos.
Ordenanza Nº1.050
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifícase la Ordenanza Nº953 – Ordenanza Impositiva Anual – Capítulo 2 – artículo 32º, respecto del pago de la Tasa por Inspección, Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, estableciéndose para la Categoría 3 – Casinos y salas de juego; Alquiler de máquinas tragamonedas, una alícuota del SEIS POR CIENTO (6%) y un mínimo de PESOS CINCO MIL ($5.000.-)
Artículo 2º.- Actuará como Agente de Retención de los tributos enunciados en el artículo 1º, el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS).
Artículo 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 20 de agosto de 2.014.-
Aprobado por unanimidad en general y particular