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Ordenanza Nº1037

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12 de junio de 2014
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Acepta la donación de inmuebles con destino a pasillo o calle.

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Acepta la donación de inmuebles con destino a pasillo o calle.

                                                                                                     Ordenanza Nº1.037

 

 

VISTO: la nota presentada por la Sra. Amanda Graciela Sánchez  ofreciendo en donación un terreno con destino a pasillo o calle y la nota del D. Ejecutivo elevando un proyecto de Ordenanza por el que se lo autoriza a aceptar una donación de terreno por parte del Sr. Raúl Oscar Franco; y

 

CONSIDERANDO: Que los lotes objeto de las donaciones se encuentran bajo la titularidad de quienes efectúan los ofrecimientos lo que se desprende de documentación que acompaña las notas de referencia.

        Que el destino de los mismos debe ser para uso como pasillo o acceso a calle pública a efectos de la circulación, ingreso y egreso de los restantes titulares y vecinos, y la extensión de los servicios públicos que correspondan.

        Que los lotes se encuentran aprobados por la Dirección Provincial de Catastro de la Provincia de Entre Ríos con los planos de mensura correspondientes.

       Que a los fines de su identificación los inmuebles cuentan con las siguientes características:

Inmueble 1: Titular Amanda Graciela Sánchez, DNI Nº13.637.414, superficie de 408,24 m2, Plano Nº32.533, identificado como Lote A, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Planta Urbana, Manzana Nº435, registrado ente el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula Nº108.749 – Sección Dominio Urbano, Partida Inmobiliaria Nº119.443.

Inmueble 2: Titular Raúl Oscar Franco, DNI Nº10.279.940, superficie 1.974,70 m2, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Planta Urbana, Manzana Nº435, Partida Inmobiliaria Nº118.155, ficha para transferencia formulario Nº1576386 y plano de mensura Nº34663, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a Matrícula 108.074 DU.

        Que resulta necesario autorizar al D. Ejecutivo Municipal  a la suscripción de la escritura traslativa de dominio para su afectación al dominio público.

 

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZ DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Aceptar los ofrecimientos en carácter de donación de los inmuebles cuya titularidad y características se enuncian a continuación:

Inmueble 1: Titular Amanda Graciela Sánchez, DNI Nº13.637.414, superficie de 408,24 m2, Plano Nº32.533, identificado como Lote A, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Planta Urbana, Manzana Nº435, registrado ente el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula Nº108.749 – Sección Dominio Urbano, Partida Inmobiliaria Nº119.443.

Inmueble 2: Titular Raúl Oscar Franco, DNI Nº10.279.940, superficie 1.974,70 m2, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Planta Urbana, Manzana Nº435, Partida Inmobiliaria Nº118.155, ficha para transferencia formulario Nº1576386 y plano de mensura Nº34663, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a Matrícula 108.074 DU.

Artículo 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles descriptos en el artículo 1º para su afectación al dominio público y con destino a pasillo o calle de uso público.

Artículo 3º.- Establecer que los gastos y honorarios de la escritura de donación de terreno destinado a calle pública aprobada y autorizada serán a exclusivo cargo de la Municipalidad de Nogoyá.

Artículo 4°.- De forma.-

 

                                               Nogoyá, Sala de Sesiones, 12 de junio de 2014.-

 

Aprobado por mayoría en general y en particular

 

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