Incorpora vehículos al patrimonio municipal para su compactación.
Ordenanza Nº1.200
VISTO: La Ordenanza Nº1.139, por la cual se adhiere a la Ley Nacional Nº26.348 promulgada el 14/01/2008, y posterior Decreto Nº631/17; y,
CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional Nº26.348 establece el marco normativo para la descontaminación y compactación de vehículos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados.
Que por Ordenanza Nº1.139 la Municipalidad de Nogoyá adhiere a la antes citada normativa nacional.
Que por Decreto Nº 631/17 se declara la emergencia Sanitaria y Ambiental de los depósitos municipales donde se encuentran los vehículos retenidos producto de los controles vehiculares, y se establece un régimen de Descontaminación y Compactación para todos aquellos que se encuentren en esta situación por un período mayor de seis (6) meses a contar desde la fecha del secuestro.
Que se publicaron Edictos durante cinco (5) días en el Boletín Oficial y en el Diario La Acción, intimando a que en un plazo de quince (15) días se acrediten derechos ante la Oficina de la Coordinación Legal y Técnica, sobre la chatarra, los vehículos retenidos en virtud del ejercicio del Poder de Policía Municipal, y/o abandonados y/o retenidos y/o no aptos para rodar que se encuentren en los depósitos Municipales, como lo dispone el Decreto 631/17.
Que se realizó una nómina de seiscientos noventa y ocho (698) vehículos desde el Área de Tránsito de la ciudad de Nogoyá, que fue derivada a la Coordinación del PRO.NA.COM, la cual otorgó a cada uno de ellos un número de identificación, quedando de esta manera incorporado al programa.
Que para poder dar continuidad al procedimiento es necesario que los vehículos de la nómina ingresen al Patrimonio Municipal, para luego ser cedidos a la Asociación de Bomberos Voluntarios, quien resulta ser el beneficiario del mismo de acuerdo al Decreto Nº 631/17.
Que al incorporar los vehículos al Patrimonio Municipal se debe eximir a los infractores del concepto de Guarda y Custodia respecto de las infracciones sobre los vehículos que conforman la nómina.
Que para poder condonar deudas es necesaria la intervención del Concejo Deliberante para que mediante una ordenanza haga lugar a la misma.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Incorpórese al Patrimonio Municipal los seiscientos noventa y ocho (698) vehículos que se detallan en la nómina del Anexo 1 que forma parte del presente.
Artículo 2º.- Condónese las deudas en concepto de Guardia y Custodia de los seiscientos noventa y ocho (698) vehículos a los que refiere el Anexo 1.
Artículo 3º.- Autorícese la suscripción de Convenio de entrega de bienes a título gratuito y con cargo por parte de la Municipalidad de Nogoyá a la Asociación Bomberos Voluntarios sobre los vehículos incorporados en el Anexo 1, conforme Decreto Nº631/17.
Artículo 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 6 de junio de 2018.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas