Dispone la publicación de las remuneraciones del D. Ejecutivo y Concejales.
Ordenanza Nº1.189
VISTO: Que, es fundamental fortalecer el sistema institucional de nuestra ciudad; y,
CONSIDERANDO: Que, la transparencia pública es la herramienta adecuada tanto para fortalecer el sistema institucional nogoyaense como así también para robustecer la relación Estado Municipal – Vecino.
Que, en tal sentido, los funcionarios, tanto electos (Presidente Municipal y Vicepresidente Municipal) como designados políticamente según la orgánica actual (Ordenanza Nº1.108), y los Concejales, percibimos nuestros salarios, en el caso de los funcionarios, y dietas, en el caso de los Concejales, que son abonados con las tasas y contribuciones que los vecinos de Nogoyá abonan.
Que, por ello, y teniendo en cuenta la imperante y justa demanda de la sociedad de transparencia desde el Estado, es sumamente importante que todos los vecinos puedan acceder a la información de cuánto cobran sus funcionarios y Concejales, y que este acceso sea sencillo, ágil y claro.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal que en la página web oficial del Municipio (www.nogoya.gov.ar) cree una solapa, en el margen izquierdo donde se encuentra el Menú de la página, con el título “Sueldos de Funcionarios y Dietas de Concejales”.
Artículo 2º.- Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal que, dentro de la subpágina que se abrirá al ingresar a “Sueldo de Funcionarios y Dietas de Concejales”, consigne el nombre de todos los funcionarios y Concejales, por categoría, (Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante) y en orden alfabético por apellido dentro de cada categoría.
Artículo 3º.- Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal que, desde la próxima liquidación de salarios o dietas que se realice desde la sanción de la presente Ordenanza, cargue y suba dentro del apartado correspondiente a cada funcionario y/o Concejal una planilla mensual de doble entrada, donde se consigne el ingreso bruto y el ingreso neto de cada funcionario y/o Concejal, rubricado por el Encargado de Personal
Artículo 4º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 4 de abril de 2018.-
Aprobado por unanimidad en general y particular