Ordenanza Nº1.182: Adhiere a la Ley Provincial Nº10.491 – Régimen de Actualización Catastral.
Ordenanza Nº1.182
VISTO: La vigencia de la Ley Provincial Nº10.491 – Régimen de actualización Catastral; y,
CONSIDERANDO: Que dicha norma establece un régimen declarativo voluntario y excepcional de incorporación de mejoras introducidas en inmuebles situados en el territorio de la Provincia y no denunciadas en tiempo y forma ante la Dirección de Catastro y ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos; y en su artículo 2º establece que se condonarán las diferencias en concepto de Impuesto Inmobiliario, sus intereses y multas, que surjan del incremento en los avalúos de los inmuebles, en razón de las mejoras declaradas en el marco de la ley como así también de las multas que surjan por aplicación de la Ley 8.672.
Que el avance de las construcciones en el ejido urbano, las cuales en muchos casos se ha detectado que no se culmina el trámite para su incorporación como mejora dentro de la parcela de terreno en el área de Catastro.
Que para brindar en forma más eficiente los servicios de los cuales se implican la Tasa General Inmobiliaria y la Tasa de Obras Sanitarias.
Que un principio de equidad fiscal para con el resto de contribuyentes que ha declarado correctamente sus mejoras.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase a la Ley Provincial Nº10.491, para ser aplicada en el ámbito de la Municipalidad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos.
Artículo 2º.- La aplicación de las nuevas valuaciones fiscales que surjan a partir de las mejoras denunciadas, se aplicarán a partir del ejercicio fiscal 2.018.
Artículo 3º.- Dispónese que para el presente trámite no será obligatorio la presentación de los solicitado en el artículo 8 del Código de Edificación Urbana de fecha 15/11/1.971.
Artículo 4º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 25 de octubre de 2017.-
Aprobado por unanimidad en general y particular