Dispone la creación del “Mausoleo Héroes de Malvinas”.
Ordenanza Nº1.127
VISTO: Que la ciudad de Nogoyá tiene en su propio terruño el privilegio de contar con Héroes de Malvinas vivos y en la eternidad; y,
CONSIDERANDO: Que si bien en nuestra memoria cotidiana, homenajeamos a ellos solo en épocas en que se evoca a Malvinas.
Que en años anteriores eran recordados y vivenciados todos los 2 de cada mes, ya sea a través de acciones, charlas, videos, exposiciones.
Que el contacto con los demás combatientes de la nuestra provincia era habitual.
Que a pesar de sufrir procesos de desmalvinización, nuestra memoria debe mantener viva la gesta histórica y heroica de Malvinas.
Que nuestro pueblo en su conjunto debe un homenaje permanente a nuestros héroes.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ordenar al D.E. Municipal, la construcción, puesta en valor u ocupación de algún panteón disponible, para la concreción en dicho espacio de un “Mausoleo Héroes de Malvinas”
Artículo 2º.- Dicho Mausoleo deberá disponer de espacio para nuestros héroes, previo consentimiento de sus familiares.
Artículo 3º.- Identificar como tal con una placa recordatoria e identificadora acorde a la importancia del mismo con los nombres de todos y cada uno de los Héroes.
Artículo 4º.- Hacer llegar copia de la presente a familiares de combatientes fallecidos y ex soldados combatientes y a CECIMER (Centro de Ex Conscriptos Combatientes Islas Malvinas de Entre Ríos)
Artículo 5º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 1 de junio de 2016.-
Aprobado por unanimidad en general y particular