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Ordenanza Nº 1538

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01 de abril de 2026
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Modificase el art. Nº1 de la Ordenanza Nº 1136 quedando establecido la edad de participación en el Programa “Nogoyá Emprende”

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Ordenanza Nº 1.538

FUNDAMENTOS:

El Programa “Nogoyá Emprende” creado por la Ordenanza N° 1.136 del Concejo Deliberante de la ciudad de Nogoyá, ha sido una herramienta importante para promover el desarrollo de emprendimientos y fomentar la cultura emprendedora en nuestra comunidad.

En el contexto actual, el emprendedurismo se presenta como una alternativa concreta de desarrollo laboral y económico para muchas personas.

Por este motivo, resulta oportuno ampliar la edad de participación en el programa, permitiendo que más vecinos de nuestra ciudad puedan acceder a esta herramienta de capacitación y acompañamiento.

La presente modificación busca fortalecer una política pública que promueve el trabajo, la producción y el desarrollo de emprendimientos locales en la ciudad de Nogoyá.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1.136, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Créase el programa de capacitación municipal gratuito dirigido a los jóvenes emprendedores nogoyaenses de entre 18 y 55 años, mediante los cuales se les brindarán herramientas que les permitan innovar, crecer profesionalmente y emprender. Estos cursos serán dictados por emprendedores destacados de la zona y/o profesionales idóneos en la materia. Dispónese que sea la Oficina de Empleo Municipal la que diagrame e implemente el programa que por la presente se crea.”-

Artículo 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias para la correcta implementación de la presente ordenanza.

Artículo 3°.- De forma.

Nogoyá, Sala de sesiones, 01 de Abril del 2026.-

Aprobado por unanimidad, en general y en particular.

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+54 (0) 3435 421 012 / 015 / 046

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