Modificase el art. Nº1 de la Ordenanza Nº 1136 quedando establecido la edad de participación en el Programa “Nogoyá Emprende”
Ordenanza Nº 1.538
FUNDAMENTOS:
El Programa “Nogoyá Emprende” creado por la Ordenanza N° 1.136 del Concejo Deliberante de la ciudad de Nogoyá, ha sido una herramienta importante para promover el desarrollo de emprendimientos y fomentar la cultura emprendedora en nuestra comunidad.
En el contexto actual, el emprendedurismo se presenta como una alternativa concreta de desarrollo laboral y económico para muchas personas.
Por este motivo, resulta oportuno ampliar la edad de participación en el programa, permitiendo que más vecinos de nuestra ciudad puedan acceder a esta herramienta de capacitación y acompañamiento.
La presente modificación busca fortalecer una política pública que promueve el trabajo, la producción y el desarrollo de emprendimientos locales en la ciudad de Nogoyá.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1.136, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Créase el programa de capacitación municipal gratuito dirigido a los jóvenes emprendedores nogoyaenses de entre 18 y 55 años, mediante los cuales se les brindarán herramientas que les permitan innovar, crecer profesionalmente y emprender. Estos cursos serán dictados por emprendedores destacados de la zona y/o profesionales idóneos en la materia. Dispónese que sea la Oficina de Empleo Municipal la que diagrame e implemente el programa que por la presente se crea.”-
Artículo 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias para la correcta implementación de la presente ordenanza.
Artículo 3°.- De forma.
Nogoyá, Sala de sesiones, 01 de Abril del 2026.-
Aprobado por unanimidad, en general y en particular.