Modifíquese el Anexo II de la Ordenanza N° 1.535 - Impositiva Anual 2026, Actividades Especiales, Categoría 3, - Venta de vehículos automotores usados
FUNDAMENTOS:
La Ordenanza N° 1.535 refiere a la Impositiva Anual aplicable al año 2026.
En su Anexo II, específicamente en el cuadro que refiere a las Actividades Especiales, Categoría 3, contiene un error de tipeo que requiere ser modificado a la mayor brevedad posible, a los efectos de poder liquidar la tasa como corresponde.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo1°.- Modifíquese el Anexo II de la Ordenanza N° 1.535 – Impositiva Anual 2026, Actividades Especiales, Categoría 3, Código 501290, donde dice: “501290 – Venta de vehículos automotores usados n.c.p. – 4,00%: $438.000,00”, debe decir: “501290 – Venta de vehículos automotores usados n.c.p. – 4,00%: $43.800,00”.-
Artículo 2°.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 18 de Marzo de 2026.-
Aprobado por unanimidad, en general y en particular – Sobre tablas