El presidente municipal, Rafael Cavagna hoy promulgó la modificatoria de la Ordenanza Nº 1135 que regula el uso de la pirotecnia. La normativa establece que no se permitirá en el ámbito del radio municipal de la ciudad de Nogoyá la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora.
En diálogo con este medio, el primer mandatario local comentó: “Entendemos que el uso de esa pirotecnia afecta la calidad auditiva de la población, en particular, de los sectores más vulnerables de la sociedad entre los que se encuentran los niños y las niñas y los ancianos y las ancianas, así como también los animales y al ambiente en general.
En este sentido expresó: “En sintonía con el Concejo Deliberante, tenemos la responsabilidad de bregar por todos los habitantes para que gocen del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.
Por otra parte, explicó que la normativa fue ampliada en base a las regulaciones nacionales existentes y señaló que en esta nueva regulación local se incluye la prohibición de los globos aerostáticos encendidos.
Para finalizar, aclaró que quedan excluidos de la presente ordenanza los artificios pirotécnicos lumínicos exclusivos, como cañas voladoras, estrellas, juegos de luces sin sonido, y productos pirotécnicos lumínicos que no produzcan emisión sonora.