Ordenanza Nº1.362
VISTO: El Expediente Nº2725151 de la Escribanía Mayor de Gobierno – Poder Ejecutivo – Gobierno de Entre Ríos, en referencia a la donación del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a favor de la Municipalidad de Nogoyá, para urbanización; y,
CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Provincial Nº10.963 se autoriza al Superior Gobierno de Entre Ríos, a transferir a título gratuito a la Municipalidad de Nogoyá un inmueble de su propiedad.
Que, éste Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº1.347 acepta la transferencia a título de donación de una fracción de terreno de su propiedad, ofrecida por el Superior Gobierno de Entre Ríos.
Que, mediante Ordenanza Nº1.348 se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un loteo sobre el inmueble descripto.
Que, el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº2725151 inició los trámites necesarios para escrituración de la fracción de terreno ante la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, adjuntando la documentación correspondiente.
Que, el Departamento Notarial de la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos remite el expediente con observaciones, siendo las que corresponden a éste Cuerpo Deliberante las siguientes: en las Ordenanzas Nº1347/22 y Nº1348/22 se observa error en la superficie según mensura, en la superficie según título y en la descripción del límite noreste.
Que, corresponde proceder a la corrección de lo observado para la continuidad del trámite que interesa.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza Nº1347 Decreto de promulgación Nº469/22, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- Aceptar la transferencia a título de donación ofrecida por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº10.963, de fecha 06/04/22, un inmueble de su propiedad, identificado bajo matrícula número 104.407 – Dominio Urbano, Plano de Mensura Nº5.953, Partida de A.T.E.R. Nº 100.991, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Zona de Quintas, domicilio parcelario: Calle Facón Grande esq. Pública, de una superficie según mensura de UNA HECTAREA, SESENTA Y CINCO AREAS, CON CERO SEIS CENTIAREAS (1 Ha. 65 As. 06 Cas.) superficie faltante VEINTIOCHO AREAS, CON 93 CENTIAREAS (28 As. 93 Cas.), según título de UNA HECTAREA, NOVENTA Y TRES AREAS, CON NOVENTA Y NUEVE CENTIAREAS (1 Ha. 93 Ca. 99 Cas.) con los siguientes límites y linderos:
NORESTE: recta (3-4) S 45º 18´ E de 170,80 m., que linda con calle Facón Grande.
SURESTE: recta (4-5) S 44º 43´ O de 85,50 m., que linda con calle Pública.
SUROESTE: recta (5-6) N 45º 17´ O de 50,00 m.; recta (6-7) S 44º 43´ O de 14,80 m. y recta (7-8) N 46º 04´ O de 121,20 m., que lindan las tres con Lidia Ester Rivero.
NOROESTE: recta (8-3) N 45º 00´ E de 101,90 m., que linda con vías Ferrocarril General Urquiza (ramal levantado Nogoyá-Victoria).”
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº1348 Decreto de promulgación Nº592/22, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un loteo sobre el inmueble de su propiedad, transferido a título de donación por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº10.963 y aceptado mediante Ordenanza Nº1.347, identificado bajo matrícula número 104.407 – Dominio Urbano, Plano de Mensura Nº5.953, Partida de A.T.E.R. Nº100.991, ubicado en el Departamento Nogoyá, Municipio de Nogoyá, Zona de Quintas, domicilio parcelario: Calle Facón Grande esq. Pública, de una superficie según mensura de UNA HECTAREA, SESENTA Y CINCO AREAS, CON CERO SEIS CENTIAREAS (1 Ha. 65 As. 06 Cas.) superficie faltante VEINTIOCHO AREAS, CON 93 CENTIAREAS (28 As. 93 Cas.), según título de UNA HECTAREA, NOVENTA Y TRES AREAS, CON NOVENTA Y NUEVE CENTIAREAS (1 Ha. 93 Ca. 99 Cas.) con los siguientes límites y linderos:
NORESTE: recta (3-4) S 45º 18´ E de 170,80 m., que linda con calle Facón Grande.
SURESTE: recta (4-5) S 44º 43´ O de 85,50 m., que linda con calle Pública.
SUROESTE: recta (5-6) N 45º 17´ O de 50,00 m.; recta (6-7) S 44º 43´ O de 14,80 m. y recta (7-8) N 46º 04´ O de 121,20 m., que lindan las tres con Lidia Ester Rivero.
NOROESTE: recta (8-3) N 45º 00´ E de 101,90 m., que linda con vías Ferrocarril General Urquiza (ramal levantado Nogoyá-Victoria).”
Artículo 3°.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 30 de noviembre de 2.022.-
Aprobado por unanimidad en general y particular