Modifica Ordenanza que autoriza a suscribir escritura con José A. Cámpora.
Ordenanza Nº960
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº948, Decreto de Promulgación Nº387 de fecha 18/06/2.012 el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 1º.- Autorizar al D. Ejecutivo a la suscripción de la Escritura Pública de una fracción de CIENTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS, SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (131,76 m2), a desglosar de una superficie mayor inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble Local a Matrícula Nº104.070, correspondiendo al Lote a escriturar la Partida Inmobiliaria Provincial Nº108.134, Plano Nº23.675, Lote Nº1, a favor del Sr. José Angel Cámpora DNI Nº10.819.648 y/o quien resulte titular de los derechos sobre el inmueble”.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 27 de septiembre de 2.012.-
Aprobado por unanimidad en general y particular