Nomina República del Líbano a una calle de la ciudad
Ordenanza Nº866/10
VISTO: La nota presentada por el Sr. Sosa Sultán Foad en nombre y representación de la Sociedad Siria de Socorros Mutuos de la ciudad de Nogoyá y de la Comunidad Arabe, en la que se interesa al Concejo Deliberante para que una calle De nuestra ciudad lleve el nombre de República del Líbano, específicamente la continuación de San Lorenzo al Sur en la intersección con Güemes y fundamenta su propuesta en la gran cantidad de descendientes de hijos y nietos de inmigrantes Libaneses que existen en nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO: Que la República Argentina en este año del Bicentenario recibió históricamente a inmigrantes de distintos países sin discriminación de causa alguna, siendo las comunidades de origen Español, Italiano y Árabes la que en mayor cantidad de descendientes que tiene a lo largo y lo ancho de nuestro país y que en el caso que nos ocupa a comienzo del siglo XX por distintos motivos llegaron a esta tierra árabes de los países de Siria y del Líbano que trabajaron y formaron sus familias amalgamados con criollos, y aprendieron y tomaron como propia nuestra idiosincrasia amando país como si fuera el propio.
Que desde el año 1925 los árabes de la ciudad de Nogoyá fundaron la Sociedad Siria de Socorros Mutuos institución que ha permanecido en el tiempo y que siempre colaboró para mantener viva en los hijos y nietos la memoria de sus raíces rescatando su rica cultura y que la comunidad árabe y sus descendientes han participado y colaborado para el bienestar de la ciudad.
Que en nuestra comunidad existen una gran cantidad de hijos y nietos de los sirios y libaneses, y que en su mayoría no han conservado su apellido y nombre original, ya que ubicándonos en el contexto histórico de inicio del siglo XX en la aduana argentina, cuando ellos llegaron no hablaban el idioma español y figuran con otros apellidos modificados de acuerdo a como se expresaban. Que existen en nuestra ciudad calles que no tienen nominación como la que expresa el Sr. Presidente Sultán Sosa y que hemos considerado que si bien es viable la posibilidad de imponer el nombre a la calle solicitada consideramos en común acuerdo con el Presidente mencionado, que a la calle pública que nace desde calle Mendoza y Mantegazza hacia el Sur se imponga el nombre de República del Líbano.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Nominase República del Líbano a la calle pública que nace en calle Mendoza y Mantegazza hacia el sur.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos se encargará de la señalización e identificación correspondiente.
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 3 de Junio de 2.010.-
Aprobado por unanimidad en general y particular