Modifica Ord 749 ( compra tractor ). Plazos, garantía.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 3º de la Ordenanza Nº749, Decreto de Promulgación del D. E. Nº319 del 13/05/2.006, el que quedará redactado de la siguiente manera “Artículo 3º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar la operación descripta en los artículos anteriores hasta en 36 cuotas mensuales o a tomar ante el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos un anticipo de coparticipaciones, con este fin, hasta la suma de pesos noventa mil ($90.000,00), sin intereses, a devolver durante la presente gestión en un plazo máximo de quince (15) meses, en cuotas mensuales iguales y consecutivas, garantizando el mismo con la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales que pudieran corresponder a nuestra Municipalidad.”.
Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 18 de septiembre de 2006.-
Aprobado por unanimidad en general y particular – sobre tablas