Ordenanza Nº1.303
VISTO: Nota del IAPV de fecha 05/02/2021 respecto al Grupo Habitacional 20 Viviendas; y,
CONSIDERANDO: Que por la misma se solicita a este Cuerpo Deliberativo que se autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la restitución por distracto parcial de donación a un inmueble a favor del Municipio con destino a calle, del inmueble desglosado de la Matricula Nº114.848 que se identifica con Plano Nº35.952, Lote A, Partida Provincial Nº122.158, localizada en la ciudad de Nogoyá, en la manzana Nº412, con domicilio parcelario en calle 16 de Julio: vert. 12-esq.=42,30m-superficie: 244.25m2.
Que corresponde hacer lugar a lo solicitado y dictar la presenta normativa.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DEL MUNICIPIO DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a que, mediante Decreto, proceda a aceptar la restitución por distracto parcial de donación a un inmueble a favor del Municipio con destino a calle, del inmueble desglosado de la Matricula Nº114.848 que se identifica con Plano Nº35.952, Lote A, Partida Provincial Nº122.158, localizada en la ciudad de Nogoyá, en la Manzana Nº412, con domicilio parcelario en calle 16 de Julio: vert. 12-esq.=42,30m-superficie: 244.25m2, conforme lo solicitado por el IAPV.
Artículo 2º.- Notifíquese oportunamente y remítase copia de la presente Ordenanza a la Escribanía Mayor del Gobierno de Entre Ríos.
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 11 de agosto de 2.021.-
Aprobado por unanimidad en general y particular