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Ordenanza Nº 1486

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07 de mayo de 2025
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Prohíbase el estacionamiento en ambos lados de las aceras que corresponden a calle Vivanco, entre Feliciano y Bv. Alberdi.

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Ordenanza Nº  1.486

Nogoyá cuenta con la particularidad de estar atravesada por rutas de importante circulación, como lo son la Ruta Nacional N° 12 y la Ruta Provincial N° 26.

Ambas son utilizadas diariamente por una gran cantidad de vehículos de transporte de carga que tienen como destino ciudades portuarias.

Es de destacar que, según datos que surgen del Área de Monitoreo, circulan por nuestra ciudad y utilizando estas rutas como conexión, alrededor de 1650 vehículos de gran porte al día.

En la actualidad no contamos con una circunvalación que desvíe el tránsito pesado por las afueras de nuestra ciudad, sino que existen arterias específicas para ello.

Una de ellas es la calle Vivanco. La circulación del tránsito pesado por esta arteria se da entre calles Feliciano y Bv. Alberdi la cual, en toda su extensión tiene doble sentido de circulación, pero tiene dimensiones acotadas.

Esta circunstancia genera que, en el caso de contar con vehículos estacionados en ambos lados de las aceras, se dificulte la normal circulación de los vehículos de gran porte que atraviesa nuestra ciudad y genera un desorden vehicular innecesario.

Esta problemática es planteada por el Área de Tránsito Municipal y tratada en conjunto, arrojado la necesidad de evitar que los vehículos estacionen en este tramo del corredor del tránsito pesado.

Por ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°. –Prohíbase el estacionamiento en ambos lados de las aceras que corresponden a calle Vivanco, entre Feliciano y Bv. Alberdi, a los fines de asegurar la normal y correcta circulación del tránsito pesado que atraviesa nuestra ciudad. –

Artículo 2°. – Dispóngase la colocación de la señalética correspondiente y procédase a la demarcación vial. –

Artículo 3°. – De forma. –

                                                Nogoyá, Sala de sesiones, 7 de mayo de 2025.

Aprobado por unanimidad, en general y en particular

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