Ordenanza Nº 1.470
VISTO: La Ordenanza Nº 1423; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza de referencia, se implementa el Recibo Digital en la Municipalidad de Nogoyá;
Que ya implementada la Ordenanza, la totalidad de la planta transitoria y permanente del Municipio, adhirió al mismo por lo que, se entiende innecesaria la diferenciación entre la opción u obligatoriedad de la misma;
Que, por otro lado, y a los fines de otorgar validez al recibo digital, atento a que en la actualidad el Municipio de Nogoyá no cuenta con Firma Digital, se entiende necesario que se implemente un código de verificación que deberá estar presente en el recibo, el que, incorporado a un link junto con el número de DNI del interesado, permita acceder a una página donde se deje constancia de su validez;
Que, por lo expuesto, se entiende necesario realizar ambas modificaciones a la Ordenanza.
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.423, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Ordenar al Departamento Ejecutivo la Adhesión al Sistema “Recibo Digital”, que será utilizado para la emisión de Recibos de Haberes de toda la Planta Transitoria y Permanente del Municipio de Nogoyá, de forma obligatoria, realizando las gestiones y firmas de convenios correspondientes ante la Secretaria de Modernización de la Provincia.
Establézcase también, y con el objetivo de otorgar validez al recibo digital atento que en la actualidad el Municipio de Nogoyá no cuenta con la firma digital , que se implemente un código de verificación en el mismo, el que, incorporando a un link junto con el número de DNI del interesado, , se acceda a la validación del recibo”.-
Artículo 2º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de sesiones, 21 de noviembre 2024.
Aprobado por unanimidad, en general y en particular.-